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Por primera vez en el país reconocen a una mascota como miembro de una familia

Clifor, un perro schnauzer que vive en Ibagué, fue reconocido como un ser sintiente y con derecho a atención médica.

Esta es la primera vez que un juez de la República protege el derecho a la supervivencia de un animal y reconoce la existencia de las familias multiespecie, es decir, aquellas conformadas por humanos y otros seres vivos.

Clifor, es un perro schnauzer que vive en Ibagué junto a su familia y tiene epilepsia idiopática, la cual se le debe tratar con fenobarbital como lo recetó su veterinario, sin embargo, pese a que en febrero su familia pudo comprar el medicamento, cuando fueron por la nueva dosis, la Secretaría de Salud del departamento de Tolima les dijo que ya no se las podía suministrar, con lo que la vida de la mascota estaba en riesgo.

Según la Secretaría, por la emergencia sanitaria no tenían atención presencial por lo que no podían entregar el medicamento, además “indicaron que el mismo no se encuentra actualmente en distribución, toda vez que se encuentran en proceso de contratación con el Fondo Nacional De Estupefacientes, para la adquisición y/o suministro de dicho medicamento por la extinción del mismo”.

Por su parte, el Fondo Rotatorio de Estupefacientes aclaró que suspendió el suministro de medicamentos, ya que “para la vigencia del 2019, Tolima adquirió una deuda por valor de $6.135.000 el 06 de junio 2019, la cual a la fecha no ha sido cancelada”, sin embargo, señaló que “ha autorizado en su totalidad las solicitudes de traslado interdepartamental y de compra directa al departamento del Tolima, garantizando su disponibilidad en lo de su competencia”.

Ante estos hechos, una juez de Ibagué consideró que con estas razones se omite que los animales son seres sintientes objeto de protección a los que “el Estado, la sociedad y sus integrantes tienen la obligación de asistir y proteger a los animales con acciones diligentes ante situaciones que pongan en peligro su vida, su salud o su integridad física”, afirmó.

Esto quiere decir, según el abogado Luis Domingo Gómez, que los animales son titulares de derechos como lo es el contar con un tratamiento para sus enfermedades y proteger su existencia.

“Por primera vez vemos en una decisión judicial, de manera directa, de manera expresa que un juez protege el derecho a la supervivencia de un ser sintiente, en este caso de Clifor y por lo tanto ordena las gestiones necesarias para que se suministre, se venda a la familia el fenobarbital”, explicó el abogado.

En el fallo la juez además explicó que “si un animal requiere un servicio de salud con necesidad y este le es negado, tal situación constituye un hecho que vulnera su desconocimiento del deber de protección de los animales (…) es claro que se afecta el derecho del núcleo familiar, a obtener y acceder en forma oportuna al suministro de los medicamentos que requiere para garantizar la supervivencia de la mascota y asegurar la tranquilidad de los miembros de su familia”.

El fenobarbital no es fácil de adquirir ya que está clasificado como una sustancia monopolio del Estado, por lo que solo puede ser vendida y distribuida por entidades autorizadas por el Fondo Nacional de Estupefacientes, por lo que el abogado González aclaró que no solo los derechos de Clifor se estaban viendo afectados, sino también el de su familia multiespecie, que consideran a la mascota como un hermano.

“Se protege el derecho a la preservación de la unidad familiar, teniendo en cuenta que Clifor como mascota vive con tres humanos y obviamente el juez considero por primera vez en la historia judicial del país, que al no garantizar la salud de Clifor se ponía en riesgo la preservación de la unidad familiar”, indicó.

“Clifor hace parte de dicha familia, al evidenciarse el apego emocional de los miembros de la familia con el perro, con lo que esa situación fáctica se encuadra en el concepto de familia diversa que evoluciona a un concepto sociológicamente ya aceptado y es el de la familia multiespecie, que considera que los animales en un entorno familiar cumplen funciones importantes y definidas en dicho ámbito, razón por la cual debe tenerse una especial consideración con ellos”, se lee en la decisión.

Así las cosas, se ordenó a la Secretaria de Salud del Tolima y al Fondo Rotatorio del Tolima, que, en 48 horas entregue el medicamento a la familia y tengan la precaución de no volver a repetir esta situación.

Finalmente, el abogado Luis Domingo Gómez, explicó que está decisión no solo es histórica, sino que además abre la puerta para que se entre a otras discusiones, como los hogares sustitutos para las mascotas cuando sus familias fallezcan y no haya quien los cuide, o incluso sus custodias cuando una pareja se separe.

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