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Procuraduría solicitó a la JEP no acoger a procesados por chuzadas

La Procuraduría argumenta que estas conductas no fueron cometidas con ocasión del conflicto armado.

Por: Colprensa

La Procuraduría General le solicitó a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazar la solicitud de sometimiento de los exfuncionarios de la Fiscalía General, Luis Carlos Gómez Góngora y Fabio Augusto Martínez Lugo, procesados por interceptación ilícita de comunicaciones, por considerar que las conductas no fueron cometidas con ocasión del conflicto armado y tampoco tienen relación directa o indirecta con el mismo.

En el concepto enviado a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, el Ministerio Público señaló que “lo que influyó en los señores Gómez Góngora y Martínez Lugo para realizar la conducta, fueron motivaciones personales y no la existencia del conflicto armado haya determinado su comisión”.

Así mismo, precisó que los hechos por los que son investigados fueron ejecutados con posterioridad al primero de diciembre de 2016, lo que hace que las conductas cometidas no caigan dentro de la órbita de la competencia de la JEP.

En el caso de Gómez Góngora, quien se desempeñaba como coordinador de la Sala Zeus de la Fiscalía, encargada de las interceptaciones de comunicaciones ordenadas legalmente, la Procuraduría señaló que este fue designado por la estructura criminal para que realizara interceptaciones ilegales, con apariencia de legalidad, en contra de un líder sindical.

Sobre el exfiscal Martínez Lugo, el Ministerio Público precisó que resultaba coyuntural que sus acciones hubieran afectado al proceso de paz, toda vez que los seguimientos e interceptaciones a los capitanes sindicalizados de ACDAC, al igual que los relacionados con la empresa ENEL- CODENSA, probaban la existencia de una empresa criminal constituida para la prestación de servicios de inteligencia e interceptación de comunicaciones, lo que confirmaría la hipótesis de la investigación por la que es procesado.

Gómez Góngora fue condenado por el Juzgado Noveno Penal del Circuito a ocho años y cuatro meses de prisión, por los delitos de falsedad ideológica en documento público, fraude procesal y violación ilícita de comunicaciones.

Por su parte, Martínez Lugo está vinculado a un proceso penal en calidad de acusado por su presunta responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir agravado, fraude procesal, prevaricato por acción y violación ilícita de comunicaciones.

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