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El respeto al buen nombre de Reinel Guzmán Flórez

Por: Germán Rey. Defensor del oyente de Radio Nacional de Colombia.

Foto: Pixabay

Por: Germán Rey. Defensor del oyente de Radio Nacional de Colombia.

Uno de los principios más reconocidos del periodismo es el respeto al buen nombre. Y es también uno de los más vulnerados. Imputaciones sin fundamento, menciones de personas asociándolas a delitos, imágenes desplegadas en los medios de comunicación sin una adecuada confirmación, son algunas de sus manifestaciones.

En octubre de 2019, Reinel Guzmán Flórez presentó una acción de tutela ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en la que afirmó que la Radio Nacional junto con otros importantes medios de comunicación, sin respetar el debido proceso, publicó injustamente una información que lo señalaba como parte de un “video en donde Iván Luciano Marín conocido también con el seudónimo de Iván Márquez, anunció la retoma a las armas en compañía de otras personas que participaron en el Acuerdo Final”.

La noticia había estallado en las redacciones de los medios colombianos. Algunos ex guerrilleros de la FARC firmantes del Acuerdo y que habían tenido un papel protagónico en él, estaban a la cabeza de un grupo disidente que apareció sorpresivamente en todas los noticias. La polarización que ya se vivía en ese entonces acentuó aún más la relevancia de la información y la desconfianza en el proceso de paz.

El viernes 30 de Agosto de 2019, se publicó en la página web de la Radio Nacional, una nota periodística bajo el título: “Gobierno pide a partido Farc excluir a disidentes que anunciaron su rearme”, en la que se mencionó explícitamente el nombre del señor Reinel Guzmán Flórez, con su alias de “Rafael Gutiérrez” y el número de su cédula de ciudadanía.

En su acción de tutela señaló que el 20 de septiembre de 2019, el gobierno nacional aparentemente rectificó su nombre, “rectificación que no fue difundida a los medios de comunicación, como si lo fue la misiva en la que ordenó al partido Farc mi expulsión como consecuencia de la supuesta comisión de un delito”.

Hubo comunicado, nombre explícito, cédula e imagen. Y sin mayor proceso de verificación, se afirmó que el señor Guzmán Flórez, antiguo guerrillero de las FARC, era ahora un integrante del grupo disidente. En sólo unos minutos el ciudadano quedó en la picota pública.

En este caso inicialmente se dieron dos fenómenos: el primero y muy grave fue que la información provino del Ministerio del Interior y el segundo, que como si fuera una avalancha incontenible, se convirtió en una noticia replicada por varios medios, entre ellos la Radio Nacional.

Siendo un medio público, la Radio Nacional mantiene un contacto permanente con las instituciones del Estado, bajo la garantía de su independencia informativa, pluralismo y rigor. Al provenir la información de una fuente legítima y estrechamente relacionada con el tema, se bajó la guardia y la noticia salió. Y era falsa.

Uno de los avances del periodismo ha sido el desarrollo de procesos e instrumentos de verificación. Que en algunos medios son de un rigor reconocido e implacable. Hace algunos años, Jon Lee Anderson, que ha hecho trabajos memorables en Irak, Afganistán, Cuba y otros países, me contó que en una ocasión los verificadores de la revista The New Yorker con la que aún colabora, llamaron a habitantes de una zona lejana de Afganistán para verificar, que como decía el periodista en un artículo, en la primavera crecían unas determinadas flores y no otras.

Toda persona tiene el derecho constitucional a que se respete el debido proceso, su buen nombre y su honra. La información noticiosa no está exenta de ningún modo del cumplimiento estricto de estos derechos, sobre todo porque los medios de comunicación se han convertido en instancias o lugares sociales de conocimiento y circulación de múltiples asuntos referidos a los procesos de justicia. Además son instrumentos privilegiados para la construcción social y pública de la imagen de personas e instituciones.

Finalmente hay dos temas gruesos en este caso: el primero es el derecho al olvido y el segundo el derecho a la rectificación. ¿Hasta cuándo los medios pueden y deben mantener la información que han dado sobre una persona o una institución? ¿Cómo garantizar el olvido en los nuevos medios tecnológicos que suelen guardar todo en sus depósitos electrónicos siempre disponibles y abiertos? El segundo tema tiene que ver con la costumbre repudiable de solazarse en el escándalo y callarse cuando los medios cometen errores o los protagonistas de la información resultan inocentes. Las mayúsculas para lo primero y el agache para lo segundo. Una variación de la teoría del embudo.

El ciudadano Reinel Guzmán Flórez tiene derecho a su buen nombre.

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