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EPS e IPS deben garantizar pruebas de Covid-19

Luego de que el Instituto Nacional de Salud (INS) hiciera un llamado de atención porque no estaba recibiendo las suficientes pruebas de Covid-19 que debería, el Ministerio de Salud y Protección Social anunció un protocolo en el que define que los administradores de salud deben garantizar la toma de pruebas que se requieran para determinar cuántas personas en el país están contagiadas con el virus.

Luego de que el Instituto Nacional de Salud (INS) hiciera un llamado de atención porque no estaba recibiendo las suficientes pruebas de Covid-19 que debería, el Ministerio de Salud y Protección Social anunció un protocolo en el que define que los administradores de salud deben garantizar la toma de pruebas que se requieran para determinar cuántas personas en el país están contagiadas con el virus.

El protocolo define que las EPS e IPS deben remitir las muestras sospechosas a los laboratorios departamentales y locales de salud pública, y son estos los que deben remitirlas al INS.

Los resultados, a su vez, serán entregados por el INS a las secretarías de Salud, y estas a las EPS e IPS. Pero con las secretarías quienes deben informar a los pacientes que den positivos, para que tomen las medidas respectivas para evitar contagias a otras personas.

Este proceso debe darse en un plazo no mayor de 7 días del inicio de la exposición del caso. Y los prestadores de servicios de salud deben disponer de una línea de atención exclusiva para la atención de Covid-19.

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