Hasta el 29 de octubre de 2023, las personas en condición de discapacidad y sus cuidadores en Bogotá tienen la oportunidad de recibir bonos canjeables por alimentos correspondientes al mes en curso.
Estos bonos, que beneficiarán a un total de 12,900 personas son emitidos por la Subdirección para la Discapacidad de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Para canjear los bonos, los beneficiarios pueden dirigirse a los almacenes Colsubsidio en las localidades de Antonio Nariño, Chapinero, Usme, Bosa, Kennedy, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe, Teusaquillo, Barrios Unidos, Sumpaz, Usaquén y Engativá; o a Cencosud (Jumbo y Metro) en las localidades de Ciudad Bolívar, La Candelaria, San Cristóbal, Tunjuelito, Fontibón, Los Mártires, Suba y Santa Fe.
Es importante tener en cuenta que las personas deben acudir al punto más cercano a su lugar de residencia y que no podrán realizar el canje en un almacén diferente al asignado a su localidad de residencia. Los beneficiarios podrán hacer el canje en un horario de 8:00 a.m. a 9:00 p.m. de lunes a domingo.
¿Cómo se puede canjear el bono?
Las personas beneficiarias de los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social deben dirigirse a los supermercados asignados en su localidad de residencia (Colsubsidio o Jumbo-Metro). Luego de identificar el convenio al cual pertenecen y proporcionar su número de cédula (que ya está registrado), podrán canjear los bonos por alimentos por un valor de 180 mil pesos cada uno.
¿A quiénes van dirigidos los bonos canjeables?
Los bonos canjeables por alimentos están destinados a personas con discapacidad de hasta 59 años que se encuentren en situación de vulnerabilidad y residan en Bogotá.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al servicio?
Para acceder a este servicio, se deben cumplir los siguientes requisitos:
• Contar con medios para preparar y consumir alimentos, es decir, tener un lugar o espacio definido como cocina donde puedan transformar los alimentos.
• Cumplir con lo establecido en el documento oficializado "Acta de compromiso de los participantes con la SDIS" vigente, firmado al inicio del proceso de atención en la modalidad.
• Ser una persona en condición de discapacidad sin generación de ingresos por concepto de pensión igual o superior a un SMLV (Salario Mínimo Legal Vigente).
• Ser una persona en condición discapacidad sin generación de ingresos por vinculación laboral formal (superior a tres meses) con un ingreso igual o superior a un SMLV.
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¿Cómo se realiza el trámite y el canje de los bonos?
Las personas interesadas en acceder a este servicio deben acercarse a la Subdirección Local de Integración Social más cercana a su lugar de residencia para iniciar el trámite de solicitud. Deben completar el procedimiento de focalización y proporcionar los siguientes documentos:
• Copia del documento de identificación de la persona en condición de discapacidad y de las personas que conforman su núcleo familiar.
• Copia de un recibo de un servicio público, de agua o de luz, del inmueble donde residen actualmente.
• Copias del Certificado de Discapacidad, con fecha de expedición no mayor a un año.
• Copia de la consulta del Sisbén.
La Alcaldía de Bogotá destaca que el acceso a los servicios sociales prestados por la entidad se realizará una vez se verifiquen los criterios de identificación y se cuente con la disponibilidad de cupos.