Esta decisión se dio tras el estudio de una demanda que llegó al CNE, el cual se manifestaba que Santander Lopesierra estaría inhabilitado para participar como candidato a las próximas elecciones de octubre, debido a que fue condenado en los Estados Unidos por el delito de narcotráfico, pagando una condena de 18 años de prisión.
“Revocar la inscripción de la candidatura del ciudadano Samuel Santander Lopesierra Gutiérrez, avalado por el Movimiento Alternativo Independiente (MAI), candidato a la alcaldía municipal de Maicao – departamento de La Guajira, con ocasión de las elecciones territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023”, se lee en la decisión.
Según argumentaba el demandante, el inciso 5 del artículo 122 constitucional asegura que “no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni elegidos, ni designados como servidores públicos, ni celebrar personalmente, o por interpuesta persona, contratos con el Estado, quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por la comisión de delitos que afecten el patrimonio del Estado o quienes hayan sido condenados por delitos relacionados con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o por narcotráfico en Colombia o en el exterior”.
Además de los hechos conocidos de la condena de Santander Lopesierra, en la resolución del CNE también se tuvo en cuenta la Traducción oficial de la sentencia por la Agregada Judicial de la Embajada de los Estados Unidos a la Procuraduría General de la Nación, el cual se declaraba su culpabilidad por cometer el delito de "Conspiración para distribuir cinco Kilogramos o más de cocaína sabiendo o con la intención de que la cocaína será la importada ilegalmente a los Estados Unidos".
Subrayando además ser puesto bajo custodia de la Oficina de Prisiones de los Estados Unidos por un periodo de 300 meses y el cumplimiento de su condena en el Centro Correccional de Coleman, Florida.
Con ponencia del magistrado Álvaro Hernán Prada, la sala plena expresó que “ni siquiera debe hacerse una ponderación o análisis sobre los posibles derechos fundamentales”, debido a que es tan evidente que se consuma causal de inhabilidad para inscribirse como candidato a un cargo de elección popular.
“Resulta clave para la consecución de los fines del Estado, la elección de ciudadanos sin tacha, que contribuyan al desarrollo del país, ello atendiendo también a que, la democracia es un tipo de organización del Estado en el cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante herramientas de participación que confieren legitimidad a sus representantes. Es por ello, que no resulta plausible para la Corporación, permitir que el señor Samuel Santander Lopesierra , haga parte de la contienda electoral a sabiendas del acaecimiento de la inhabilidad contemplada en la carta política”, añade la decisión.
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Cabe recordar que el exnarco se inscribió a las elecciones en la registraduría de Maicao luego de que más de 63 mil firmas recolectadas que avalaron su candidatura.
Igualmente, el “Hombre Marlboro” fue mencionado por Day Vásquez en medio del proceso por lavado de activos y enriquecimiento ilícito que lleva la Fiscalía contra ella y el hijo del presidente Gustavo Petro, Nicolás Petro Burgos.