Pasar al contenido principal
CERRAR

Gobierno advierte crisis en pagos de pensiones tras suspensión del Decreto 415 de 2026

MinHacienda, MinTrabajo y Colpensiones alertaron sobre riesgos financieros y jurídicos para el sistema pensional.
Jhon Arias

Horas después de que el Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Juan Enrique Bedoya, completara la suspensión total del Decreto 415 de 2026, los ministerios de Hacienda y Trabajo y Colpensiones salieron juntos con un comunicado que contradice el argumento del Consejo de Estado: la medida cautelar que pretende proteger a los afiliados es, en la práctica, la que los pone en riesgo.

El problema es mecánico. Cerca de 20.000 personas que ya consolidaron su derecho pensional se trasladaron voluntariamente de un fondo privado a Colpensiones. Esa entidad tiene la obligación legal de pagarles su mesada. Pero el auto de Bedoya impide que los ahorros acumulados durante años en los fondos privados se muevan a Colpensiones para financiar esos pagos.

"No resulta financieramente sostenible ni jurídicamente exigible a Colpensiones el pago de las obligaciones pensionales de una persona que se traslade a esa administradora, pero que los recursos destinados a financiar su prestación permanezcan atrapados en una administradora privada", señala el comunicado.

El presidente Gustavo Petro lo había dicho de otra manera horas antes, cuando anunció que pedirá denunciar por prevaricato al magistrado Bedoya: "La Constitución de 1991 floreció en derechos para la gente. Un poder constituido como el Consejo de Estado no tiene ninguna legitimidad en anular los derechos de la gente que trabaja".


Lea también: Presidente Petro pidió denunciar por prevaricato a magistrado del Consejo de Estado tras fallo sobre pensiones


Una paradoja jurídica sin salida clara

El argumento técnico del Gobierno es más fino que el del presidente. El Consejo de Estado suspendió el Decreto 415 porque, a su juicio, contradice la Ley 2381 de 2024 — la reforma pensional que autorizó el traslado de recursos. Pero esa misma ley lleva dos años suspendida por la Corte Constitucional. Si la reforma no está vigente, el marco aplicable sigue siendo la Ley 100 de 1993, cuyo artículo 16 prohíbe que un afiliado pertenezca simultáneamente a dos regímenes. Un afiliado que cruzó a Colpensiones pero cuyo dinero sigue en un fondo privado viola exactamente esa prohibición.

El Gobierno lo plantea así: el Consejo de Estado anuló un decreto por no respetar una ley que tampoco rige, y en el camino dejó a miles de personas en un limbo que la única ley vigente prohíbe expresamente. "En un Estado de Derecho, la potestad reglamentaria del Gobierno debe ejercerse sobre el marco normativo vigente y aplicable", dice el comunicado.

El llamado a la Corte

Las entidades invocan el artículo 48 de la Constitución — el que ordena proteger la sostenibilidad financiera del sistema pensional — para sostener que mantener los recursos en los fondos privados mientras Colpensiones paga las pensiones es un riesgo mayor que el que el auto pretendía evitar.

El comunicado cierra con una precisión: los $25 billones bloqueados no van a ningún bolsillo privado — "continúan teniendo destinación exclusiva a la seguridad social y al pago de pensiones".

Artículos Player

ETIQUETAS