El Gobierno Nacional a través de la Resolución 899 de 2020, establece los protocolos de bioseguridad para la apertura de las peluquerías y salones de belleza. Una vez más las alcaldías serán las encargadas de verificar que se esté cumpliendo con la normatividad expedida por el Ministerio de Salud.
Claudia Cuéllar, directora (e) de la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud, explicó que los protocolos están dirigidos para el cuidado tanto de las personas que atienden estos sitios, como para los clientes.
“Los establecimientos deberán atender con previa cita programada para así controlar el aforo de personas, también el lugar deberá contar con un responsable que controlará la toma de temperatura y hará el respectivo registro de las condiciones generales de los clientes, tomando datos de contacto para tener rastro de presentarse algún caso de contagio”
En estos lugares resulta esencial mantener aseados los puestos de trabajo y elementos que podrían ser fuente de contagio. Las secretarías de Salud de cada ciudad serán las encargadas de recibir las denuncias de incumplimientos en el sector.
Estas son otras recomendaciones del Ministerio de Salud para la apertura de estos lugares.
Implementos y equipos deberán estar limpios, desinfectados, esterilizados y en buenas condiciones de funcionamiento.
- Se debe facilitar el lavado de manos frecuente a los trabajadores y a los usuarios.
- Los trabajadores tendrán que utilizar los elementos de protección que correspondan.
- Es importante el uso de elementos desechables y sean descartados una vez haya finalizado el procedimiento.
- La infraestructura, la iluminación y la ventilación del establecimiento deben ser adecuadas y el mobiliario encontrarse en buen estado.
Dicha resolución también establece los protocolos de bioseguridad para labores como actividades jurídicas y de contabilidad, consultorías, arquitectura, ingeniería, investigación científica, entre otras.
Consulte toda la Resolución 899 de 2020 aquí https://bit.ly/2YIoeTE