El Juzgado 11 de Conocimiento de Bogotá condenó al empresario Carlos Mattos a cinco años y diez meses de prisión (70 meses), por haber sobornado a la entonces juez civil Ligia del Carmen Hernández.
Esta decisión se da luego de que Mattos aceptará cargos y el juez le rebajara la pena de siete años y ocho meses (94 meses).
Además, Mattos deberá pagar una multa de 131 salarios mínimos mensuales vigentes y 108 meses de inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas.
En esta decisión el juez rechazó la solicitud de la defensa del empresario de decretar medida de aseguramiento domiciliaria a favor de su defendido, al igual que le negó el traslado a Barranquilla para cumplir su pena.
Mattos es investigado desde 2016, cuando la casa matriz de Hyundai en Corea rompió relaciones luego de 25 años con la casa automotriz en Colombia, de la cual él era su representante en territorio nacional. El empresario asumió una batalla legal en la que al poco tiempo se advirtieron irregularidades que él mismo confirmó en audiencias públicas este año luego de ser extraditado de España.
Para la Fiscalía, la acción del empresario no tenía otro fin más que el de direccionar a un despacho específico la demanda presentada por Hyundai Colombia Automotriz S.A., contra Hyundai Motor Company de la República de Corea.
En el caso específico del Juzgado 11, Mattos fue condenado por el delito de cohecho por dar u ofrecer, por el soborno de la exjuez civil Ligia del Carmen Hernández, quien fue condenada a 25 meses y 18 días por la Corte Suprema de Justicia, para que fallara a su favor y asegurará la titularidad en los derechos de distribución de la marca Hyundai.
Mattos también tiene otro proceso vigente por el pago de sobornos al exjuez Reinaldo Huertas, quien fue destituido por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial a 15 años, por delitos informáticos y cohecho.
En este último caso el Tribunal Superior de Bogotá declaró nula la condena de nueve años y cinco meses de prisión que había sido decretada contra Mattos, tras argumentar que la Fiscalía debe determinar la totalidad del incremento patrimonial del empresario por sus ilícitos y advertirle que sólo tendrá rebajas si reintegra la totalidad de este dinero.
“Carlos Mattos pudo haber obtenido un incremento patrimonial como consecuencia de la medida cautelar decretada por el juez corrupto, porque así mantuvo la exclusividad en la comercialización de los vehículos de la casa automotriz Hyundai. (...) La Sala comparte el criterio expresado por el delegado del Ministerio Público cuando señaló que no basta que el delegado de la Fiscalía o la defensa del procesado manifiesten que no existe evidencia de un incremento patrimonial producto de los ilícitos, sin que el órgano investigador haya realizado algún acto investigativo con esa finalidad”, se lee en la decisión del Tribunal.