Luego de la acción de tutela que interpuso la familia de Dilan Cruz, en la que alegaban que el caso del joven no debía manejarse en la Justicia Penal Militar, la Sala Plena de la Corte Constitucional tomó la decisión de trasladar nuevamente a la justicia ordinaria el proceso penal que se adelanta en contra del capitán Manuel Cubillos Rodríguez por el asesinato del estudiante.
El joven Dilan Cruz fue víctima de un proyectil de una escopeta calibre 12 disparada por el capitán Cubillos, miembro del Esmad, durante una jornada de protestas de paro nacional el pasado 23 de noviembre del año 2019 en el centro de Bogotá.
Los magistrados del alto tribunal desestimaron de manera unánime, con ocho votos a favor y cero en contra, la determinación de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura que dejó en manos del Fuero Penal Militar la investigación en contra del uniformado del Esmad.
La decisión se tomó 48 horas después de que la Corte Constitucional ordenada al juez 189 de Instrucción Penal Militar suspender el caso contra el policía como medida provisional mientras se estudiaba la tutela que presentó la defensa de la familia de Cruz, y que fue favorable para ellos.
Por su parte, Cubillos ha reiterado que la muerte del estudiante de undécimo grado no fue planeada, que nunca le ordenaron disparar contra él y que se dio en medio de una confrontación con “encapuchado”, además que no pensó que su escopeta calibre 12 calificara como “arma menos letal”.