La sección Quinta del Consejo de Estado rechazó las tres demandas contra la elección de Margarita Cabello como procuradora general de la Nación para el periodo 2021-2025.
“La elección de la señora Margarita Leonor Cabello Blanco no transgredió los artículos 240, 242.2, 278.5, 279 y 280 de la Constitución Política de 1991”, precisó la decisión.
Para el alto tribunal, las demandas no cumplen los presupuestos en ninguno de los casos para anular la elección de Cabello, además de considerar que en su elección en el Congreso no hubo irregularidades.
“Tampoco incurrió en desviación de poder o vulneración de los principios de separación de poderes”, explicó el Consejo de Estado.
Además, en el fallo se advierte que no hay “inmunidad” disciplinaria en favor del presidente Iván Duque con la elección de Cabello, pues estas facultades de investigación y juzgamiento recaen en la Cámara de Representantes y el Senado.
De acuerdo con las demandas, el Senado desconoció el principio de separación de poder al votar a favor de Cabello, quien fue ternada para el Ministerio Público por el presidente Iván Duque cuando era ministra de Justicia.
“Si bien es cierto no existe inhabilidad expresa que impida a Cabello Blanco ejercer el cargo para el cual es elegida, es plenamente claro que su elección debe ser declarada nula por desconocer totalmente la separación de poderes y la finalidad constitucional de la Procuraduría como órgano de control de la actuación de todos los servidores públicos”, se leía en una de las demandas.
Además, advertían los demandantes que Cabello estaba impedida, ya que argumentaban que el jefe del Ministerio Público, que ejerce funciones ante la justicia y rinde conceptos ante las Cortes, no puede ser elegido allí si un año antes fueron ministros del despacho.
Sin embargo, estos argumentos no fueron acogidos por el Consejo de Estado que dejó en firme está elección que contó con 83 votos de los congresistas del Centro Democrático, Partido Conservador, Cambio Radical, Liberal, La U, Colombia Justa-Libres y Mira.