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El Ministerio de Ambiente publicó borrador para prohibir plásticos de un solo uso

La medida aplicará para empaques de ventas primarios, secundarios o de único uso.
¿Cómo avanza la prohibición plásticos de un solo uso en Colombia?
Foto: Pixabay
Yank Ramírez

La ministra de Medio Ambiente, Susana Muhamad, anunció que ya está disponible el borrador para prohibir 8 plásticos de un solo, a partir del 7 de julio con posibles modificaciones, que podrá hacer la ciudadanía en la página oficial del ministerio.

“Ya está reglamentada el 80 % de la resolución y nos falta el 20 % para que las personas puedan hacer sus comentarios en la página y participen en este procedimiento”, aseguró la jefe de cartera. 

Esta nueva legislación se aplicaría a nivel nacional en todos los residuos de envases y empaques de ventas primarios, secundarios o de único uso en los siguientes productos: 

  • Confeti, serpentinas y manteles. 
  • Bolsas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas.
  • Envases, recipientes y bolsas para contener líquidos no preenvasados, llevar o para entregas a domicilio y consumo inmediato.
  • Pitillos, vasos, platos.
  • Bolsas de lavandería para marcar la ropa.
  • Bolsas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías.
  • Soportes plásticos para las bombas de inflar.

Productos excluidos 

Cabe resaltar que quedarían excluidos de la misma los envases de fármacos vencidos, los de madera y fibras textiles, y los residuos peligrosos.

La normativa además deberá evaluar objetivamente los productos reciclados y emitir un certificado y además los productores tendrán la obligación de presentar ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, un plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques y residuos de productos plásticos de un solo uso con la plataforma en línea Vital.

Para más información debe ingresar a www.minambiente.gov.co

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