En términos legales, la nueva orden lo que hace es dejar sin valor el capítulo 9 del título 8 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1070 de 2015, es decir, el Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, adicionado por el Decreto 1844 de 2018, el cual estaba vigente.
Para entrar en vigencia, el nuevo Decreto 2114 lleva las firmas del ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, y el ministro de Defensa, Iván Velásquez.
El Decreto 1844, en concreto, reglamentó parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia, en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas.
Establecía que, cuando la autoridad advierta la posible infracción de la prohibición de tenencia o porte de sustancias psicoactivas ilícitas, tales como marihuana, cocaína, heroína o derivados, drogas sintéticas, así como cualquier otra sustancia que se encuentre legalmente prohibida, se debía aplicar el procedimiento establecido en el proceso verbal establecido en el Código Nacional de Policía y Convivencia.