El Impuesto unificado, hacía parte del Régimen Simple de Tributación, que permite el pago de varios impuestos en uno solo y beneficia al emprendedor o propietario de un negocio pequeño.
Estas profesiones son las relacionadas con la educación, la atención de la salud humana y asistencia social, servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomina el factor intelectual y que habían sido beneficiados con pagar hasta seis impuestos en uno solo.
Sin embargo, en su decisión, la Corte exhortó al Congreso para que si decide regular la tarifa del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación para esta población, lo haga sin generar tratos desiguales, ya que es discriminatorio que pese a tener los mismos ingresos que otros profesionales, solo algunas carreras fueran beneficiadas tributariamente.
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Es decir, que para la Corte se debe evitar que unos profesionales se vean beneficiados injustificadamente por el Régimen Simple de Tributación, pues “no existe una razón que justifique el trato diferente entre los sujetos” de una u otra profesión.