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Tribunal tumbó el decreto que nombró a Diego Molano como ministro de Defensa

Según los demandantes, con el nombramiento hubo un incumplimiento en lo establecido por la Ley de Cuotas, que señala que mínimo de 30% del gabinete debe estar compuesto por mujeres.
María Camila Idrobo

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anunció este marte que se declaró nulo el decreto por medio del cual Diego Molano fue nombrado ministro de Defensa, en febrero de 2021. Lo anterior debido a que, según los demandantes, hubo un incumplimiento en lo establecido por la Ley 581 de 2000, también llamada Ley de Cuotas que señala que mínimo de 30% del gabinete debe estar compuesto por mujeres.

La decisión la tomó el Tribunal al acoger los argumentos de los demandantes que aseguraban que con solo cinco mujeres como cabeza de los ministerios, se estaría cubriendo sólo un 27.77% de la cuota, cuando mínimo debe ser el 30%, que se logra con seis mujeres liderando los ministerios.


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Para los demandantes, Molano debe dejar el cargo, ya que "existiendo el deber para aumentar la participación de las mujeres en el Gobierno, de manera ilegal se redujo dicha participación. El nombramiento del ministro de Defensa se produjo cuando existía la obligación de nombrar a una mujer".

"El resultado matemático del 30% de los 18 ministerios, 5.4, deberá ser aproximado al número entero siguiente, esto es, al número 6, pues esta aproximación aplica la norma a favor del grupo discriminado", se lee en la decisión.

Por su parte, el gobierno aseguró que apelará está decisión, pues con Molano en su cargo aún se estaría cubriendo la ley, ya que con las cinco mujeres que, a la fecha están nombradas como ministras se cumple el porcentaje establecido.


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"El porcentaje mínimo de representación femenina en el gabinete ministerial está cumplido. El Gobierno Nacional ha sido respetuoso de la equidad de género en todas sus formas y niveles, y ha cumplido con los mandatos legales en el tema de los ministros de despacho y en los demás niveles decisorios de que trata la ley", se defendió el Gobierno.

Sin embargo, el Tribunal recordó que “la cuota que se consagra en este artículo es, sin duda, una medida de acción afirmativa - de discriminación inversa-, que pretende beneficiar a las mujeres, como grupo, para remediar la baja participación que hoy en día tienen en los cargos directivos y de decisión del Estado”.

Ante estos hechos, el Tribunal ordenó al presidente Iván Duque que, al hacer un nuevo nombramiento, cumpla con las disposiciones de ley garantizando que el 30% de los cargos de máximo nivel decisorio en los Ministerios esté ocupado por mujeres.


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