Para Cali, la medida de pico y placa aplica de lunes a viernes entre las 6:00 a.m. hasta las 7:00 pm para vehículos automotores que ingresan o salen del perímetro urbano, desde y hacia el resto del país. Hay que aclarar que en esta medida no se activa los sábados, domingos o festivos.
Para la semana del 2 al 6 de septiembre de 2024, la medida en Cali, Valle del Cauca, aplicará de la siguiente manera:
Lunes: Placas terminadas en 7 y 8.
Martes: Placas finalizadas en 9 y 0.
Miércoles: Placas terminadas en 1 y 2.
Jueves: Placas finalizan en 3 y 4.
Viernes: Placas que terminan en 5 y 6.
Los vehículos que están exentos de pico y placa en Cali:
Vehículos de emergencia: Ambulancias, bomberos y vehículos de atención médica
Vehículos oficiales: Vehículos del Estado y de entidades públicas debidamente identificados
Transporte público: Buses y taxis registrados como transporte público
Vehículos de carga: Aquellos vehículos con capacidad igual o superior a cinco toneladas
Vehículos eléctricos: Aquellos vehículos que funcionen exclusivamente con energía eléctrica y estén debidamente certificados
Pico y placa en Buenaventura
La medida de pico se aplica para vehículos particulares y de servicio público, durante 12 horas al día, desde las 7:00 am. hasta las 7:00 pm.
Así funcionará la restricción para vehículos particulares en la semana del 2 al 6 de septiembre, de acuerdo al último dígito de la placan:
Lunes: Placas que terminan en 7 y 8
Martes: Placas que terminan en 9 y 0
Miércoles: Placas que terminan en 1 y 2
Jueves: Placas que terminan en 3 y 4
Viernes: Placas que terminan en 5 y 6
Para vehículos de transporte público el pico y placa aplica de lunes a viernes y durante la semana el 2 al 8 de septiembre opera así:
Lunes 2 de septiembre:1 y 2
Martes 3 de septiembre: 3 y 4
Miércoles 4 de septiembre 5 y 6
Jueves 5 de septiembre: 7 y 8
Viernes 6 de septiembre: 9 y 0
Sábado 7 de septiembre: 1 y 2
Domingo 8 de septiembre: 3 y 4
El secretario de Tránsito Nicomedes Torres Candelo, explicó que, para ambos casos, vehículos particulares y de servicio público, se establece que quien infringe la norma del pico y placa, será sancionado con una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $615.000.