Pasar al contenido principal
CERRAR

¿Qué beneficios se tienen al estar en Colpensiones?

Les compartimos algunas recomendaciones para tener en cuenta a la hora de escoger el fondo de pensiones.
Fondo Colpensiones
Foto: Colprensa.
Radio Nacional de Colombia

El candidato a la presidencia por la coalición Pacto Histórico, Gustavo Petro, dijo esta semana en un debate, que, por medio de una reforma al sistema pensional, que consistiría en prescindir de los fondos privados para mandar el dinero al sistema público, saldría un bono pensional mensual de $500 mil para tres millones de personas, una de las propuestas con las que trabajaría si llegara a ganar las elecciones presidenciales el 29 de mayo.

Esta afirmación generó de inmediato todo tipo de reacciones en las redes sociales. Hubo quienes afirmaron que el exalcalde de Bogotá quiere “expropiar” las pensiones de las personas que han estado pagando por años. Pero más allá de esta polémica, qué beneficios tiene ser parte del Régimen de Prima Media con prestación definida, o más conocida como régimen público. Consultamos a Colpensiones y esto nos contaron: 

¿Qué es el régimen de prima media y qué beneficios trae a quienes quieran acceder a él?

El Régimen de Prima Media con prestación definida, es administrado por Colpensiones y es el régimen público. Éste es el mecanismo mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios pueden acceder a una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes, o en su defecto, la indemnización sustitutiva.  En el camino laboral para construir tu pensión tienes varias opciones, en Colpensiones administramos el Régimen de Prima Media, el cual posee las siguientes características:

Cuentas con el respaldo del Estado

Los aportes que realizas son semanas, cada semana cuenta para tu pensión.

Para obtener tu pensión, deberás cumplir dos requisitos: Edad: 57 años mujeres y 62 años hombres.

Tiempo: 1.300 semanas cotizadas, aproximadamente 26 años de trabajo.

La pensión se calcula teniendo en cuenta el salario promedio de los últimos 10 años o el de toda la vida, el que más te convenga.

Los colombianos que viven o trabajan en el exterior pueden aportar y recibir su pensión a través del programa Colombianos en el Exterior. 

¿Una persona puede pasar del régimen de prima media a los fondos privados? ¿En qué momento sí y en cuál no?

Las personas que deseen trasladarse del Régimen de Prima Media a los fondos privados pueden hacerlo, asimismo quienes deseen trasladarse del fondo privado a Colpensiones. Para hacerlo, deben tener en cuenta lo siguiente:

El Traslado de Régimen se define como la posibilidad que tienen los afiliados al Sistema General de Pensiones de cambiar de régimen pensional. En Colombia existe el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) o fondos privados, y el Régimen de Prima Media (RPM), que administra Colpensiones. Ahora bien, es importante señalar que en la administradora no existen impedimentos para el traslado, nos basamos en los requisitos establecidos por la ley, los cuales toda persona debe cumplir, si hay un traslado que se niega es por esa misma razón, porque no hay cumplimiento de los mismos.

Para que una persona se pueda trasladar, debe solicitar primero la Doble Asesoría, tanto al fondo privado como a Colpensiones. Este requisito es obligatorio, se hace a través de una llamada en la que se resolverán inquietudes sobre cada uno de los regímenes y se realizará una proyección de la pensión, de este modo es posible tomar una decisión informada basada en lo que más le convenga al solicitante.

Colpensiones cuenta con varios canales para solicitar la Doble Asesoría, tales como la APP, la página web www.colpensiones.gov.co (sección Sede Electrónica), y el contact center de la entidad: línea gratuita nacional: 018000 41 0909; en Bogotá al (1) 489 09 09 y en Medellín al (4) 283 60 90.

¿Alguna recomendación para obtener una doble asesoría exitosa?

A continuación, enumeramos otras recomendaciones:

Suministrar información real

Al programar la asesoría se deben suministrar los datos de contacto para poder realizar la llamada.

Colpensiones y los fondos privados tienen 20 días para realizar la asesoría personalizada, en caso de no recibirla de manera inmediata, se deben guardar las evidencias de la solicitud.

Recibir la asesoría:

Es necesario asistir a las dos citas para resolver las inquietudes sobre cada régimen (RPM o RAIS).

Proceso entre regímenes:

La entidad a la cual se solicitó la Doble Asesoría tiene un día para notificar a la entidad del otro régimen. Internamente, éstas se encargan de registrar la solicitud.

Conocer la proyección:

Los asesores de ambas entidades deben brindarle las proyecciones de lo que sería la pensión. Cada caso es particular y único.

Decidir dónde se quiere estar:

Una vez recibida la información de ambos regímenes, la persona puede decidir cuál le conviene más, dependiendo de las condiciones de su trayectoria laboral.

Importante:

No podrá trasladarse de régimen si le faltan diez años o menos para cumplir la edad que le da derecho a la pensión de vejez. Es decir, el traslado debe realizarse antes de los 47 años, las mujeres; y 52 años, los hombres. También se deben haber cumplido cinco años de permanencia en su afiliación en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad - RAIS o fondo privado.

Artículos Player