La Superintendencia Financiera de Colombia dio a conocer la certificación del interés bancario corriente que regirá entre el 1 y 31 de julio del presente año.
Según el ente supervisor del sistema financiero colombiano, la tasa de usura para la modalidad de crédito de consumo y ordinario se sitúa en 25.77% efectivo anual, resultado que representa una disminución de 5 puntos básicos.
Recordemos que la tasa de usura es el interés máximo que un banco o una entidad crediticia podrá cobrar a sus clientes por un crédito de consumo y ordinario, como por ejemplo las tarjetas de crédito. Para la modalidad de microcrédito la tasa de usura es de 57.21% efectivo anual.
La entidad o persona que supere los topes establecidos por la Superintendencia, incurrirá en el delito de usura y es castigado por la ley de acuerdo con el artículo 305 del código penal.