La Corte Constitucional reconoció y exaltó la partería como saber ancestral y patrimonio cultural de la Nación, resaltando que es una manifestación de la pluralidad de la Nación y una forma de protección de los derechos reproductivos de las mujeres que pertenecen a las comunidades en donde se ejerce este saber.
“Las parteras, a través de su saber, constituyen una fuente de educación sexual y planificación familiar en las comunidades a las que pertenecen”, recalcó la decisión.
El alto tribunal igualmente reconoció que las parteras además de atender los alumbramientos, acompañan a la madre gestante y cuidan del bebé recién nacido, así como brindan servicios de medicina ancestral, diagnóstico y trata de enfermedades a las comunidades a las que pertenecen, mediante el uso curativo de plantas medicinales y otras formas de medicina tradicional.
“Aunque la partería es ejercida por distintos grupos, esta práctica se identifica con comunidades negras, afrodescendientes, raizales o palenqueras ubicadas en la costa Pacífica colombiana, principalmente, en los departamentos de Nariño, Valle del Cauca, Cauca, Chocó y en Buenaventura”, explicó la corporación.
En su decisión, la Corte indicó que, aunque en medio de la pandemia y pese a atender a pacientes contagiados con Covid-19, el Ministerio de Salud vulneró el derecho de las parteras, quienes no fueron catalogadas como talento humano en salud, ni priorizadas en el Plan de Vacunación en contra de este virus, tampoco fueron beneficiarias del reconocimiento económico temporal obtenido por el personal médico.
Asimismo, señala que las secretarías de Salud del Chocó y del Valle del Cauca también vulneraron los derechos de las parteras, al no entregarles elementos de protección personal, para evitar el contagio de este virus y no capacitarlas para su manejo y detener el avance de la enfermedad en sus territorios.
Es por estos hechos, que la Corte Constitucional le da seis meses al Ministerio de Salud para integrar a las parteras al Sistema de Seguridad Social en Salud, “este proceso debe realizarse consultando a quienes ejercen la práctica”.
De la misma manera, en este tiempo se debe efectuar el pago del reconocimiento económico temporal a las parteras y parteros. “Esta obligación persiste, aun si el Gobierno da por terminada la emergencia sanitaria antes del vencimiento del plazo y pagos respectivos”, indica la Corte.
Adicionalmente, el Ministerio de Salud también tendrá seis meses para que adelante una campaña de información entre las parteras y en las comunidades donde ejercen su trabajo, acerca de la vacuna contra el Covid-19, “dichas campañas deberán ser respetuosas con sus creencias y cosmovisión, de manera tal que no pretendan imponer una postura médica alopática”, agregó.
Finalmente, se ordenó a las secretarías departamentales de Salud del Chocó y Valle del Cauca que practiquen pruebas diagnósticas de Covid-19 a las parteras y el Congreso de la República también tendrá que legislar sobre este tema.