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¡Elecciones regionales 2023 en Colombia! Conoce los detalles y fechas clave

El país se encuentra a cuatro meses de vivir una jornada electoral, en esta ocasión a cargo de las autoridades regionales, quienes cambiarán el panorama político por segunda vez.
Elecciones 2023
Registraduría Nacional
Mateo Pérez

Colombia llevará a cabo una nueva jornada electoral el próximo 29 de octubre, en la cual se elegirán a las autoridades departamentales y municipales para el periodo comprendido entre 2024 y 2027.

Estos candidatos están compitiendo en el terreno político por los partidos y movimientos políticos que disputarán sus fuerzas en la elección, la cual incluye gobernadores, alcaldes, diputados departamentales, concejales de ciudades y municipios, y ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL).

Según la Registraduría Nacional, en estos comicios se elegirán:

  • 32 gobernadores.
  • 418 diputados que conformarán las asambleas departamentales.
  • 1.102 alcaldes.
  • 12.072 concejales de todos los municipios y ciudades del país.
  • 6.513 ediles que conformarán las Juntas Administradoras Locales (JAL).

Todos los ciudadanos que se encuentren en territorio colombiano y cumplan con los requisitos necesarios, podrán ejercer este derecho fundamental en octubre. Mientras tanto, los colombianos en el extranjero no estarán obligados a votar, a menos que hayan regresado al país para el momento de la elección. Por otro lado, los extranjeros residentes en Colombia sí podrán sufragar, siempre y cuando hayan vivido en el país durante al menos 5 años.
 


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Si olvidaste votar durante las elecciones del 2022, recuerda que debes verificar tu lugar de votación correspondiente. Si no resides en el mismo lugar donde votaste hace un año, deberás modificar tu punto de votación. Te invitamos a consultar esta nota, donde te mostramos las formas de solucionar estos inconvenientes.

Las fechas contempladas por la Registraduría que deben tenerse en cuenta son las siguientes:

  • 29 de junio: Vence el plazo para el registro de los comités inscriptores de grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y comités independientes promotores del voto en blanco.
  • 29 de junio: Suspensión de la incorporación al censo electoral de cédulas de primera vez con el fin de elaborar las listas de sufragantes.
  • 29 de junio: Inicia el periodo de inscripción de candidatos y listas de candidatos (vence el 29 de julio).
  • 29 de julio: Inicia la propaganda electoral en el espacio público.
  • 29 de julio: Publicación del censo electoral.
  • 29 de julio: Vence el plazo para que los comandantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional remitan el listado de cédulas de los miembros de las distintas fuerzas, que deben excluirse del censo electoral.
  • 29 de julio: Vence el periodo de inscripción de candidatos y listas de candidatos.
  • 29 de julio: Solicitud por parte de los registradores de las listas de las personas que pueden prestar el servicio de jurados de votación a entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos.
  • 31 de julio: Inicia el periodo para la modificación de candidatos y listas de candidatos por renuncia o no aceptación de la postulación (vence el 4 de agosto).
  • 2 de agosto: Los registradores, en acuerdo con el respectivo alcalde, establecerán mediante resolución los lugares donde se instalarán las mesas de votación.
  • 2 de agosto: Inicia la propaganda electoral a través de los medios de comunicación.
  • 4 de agosto: Vence el periodo para la modificación de candidatos y listas de candidatos por renuncia o no aceptación.
  • 4 de agosto: Los delegados del Registrador Nacional del Estado Civil y los registradores distritales deben reportar los candidatos inscritos.
  • 6 de agosto: Publicación del listado de candidatos inscritos, en un lugar visible de las dependencias de la Registraduría Nacional del Estado Civil y del Consejo Nacional Electoral, así como en su página en Internet.
  • 6 de agosto: La Registraduría Nacional del Estado Civil remite a los organismos competentes la lista de candidatos cuyas inscripciones fueron aceptadas para certificar sobre causales de inhabilidad, especialmente al Consejo Nacional Electoral y a la Procuraduría General de la Nación.
  • 29 de agosto: Cierre de la inscripción de ciudadanos para votar.
  • 29 de agosto: Inicia el periodo de propaganda política gratuita, publicada en los medios de comunicación.
  • 15 de septiembre: Conformación de listas de delegados del Consejo Nacional Electoral para llevar a cabo los escrutinios generales.
  • 29 de septiembre: Vence el plazo para la modificación de candidaturas revocadas por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobrevenida o evidenciada con posterioridad a la inscripción.
  • 6 de octubre: Selección de delegados del Consejo Nacional Electoral.
  • 13 de octubre: Designación de comisiones escrutadoras y claveros por parte de los Tribunales Superiores del Distrito Judicial.
  • 14 de octubre: Fecha límite para realizar el sorteo y publicación de listas de jurados de votación.
  • 18 de octubre: Vence el plazo de inscripción de nuevas candidaturas en caso de muerte o incapacidad física permanente.
  • 27 de octubre: Vence el plazo para la postulación y se procede a la acreditación y publicación del listado de testigos electorales por parte de la autoridad electoral.
  • 27 de octubre: Inicia la inmunidad de los miembros de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y claveros.
  • 27 de octubre: 8 horas antes de que inicie la votación, ya no podrá ser visible la propaganda política en los medios de comunicación.

Bogotá tendrá la particularidad en estas elecciones de contar con segunda vuelta, ya que en 2019 se modificó el artículo 323 a través del acto legislativo 03 del 2019, el cual se aplica desde estas elecciones para llevar a cabo una segunda contienda, siempre y cuando el candidato en primera posición tenga el 40% pero no supere al segundo más votado por 10 puntos porcentuales.

Las urnas estarán abiertas desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. del 29 de octubre, tiempo durante el cual los ciudadanos podrán depositar su boleta por el candidato de su preferencia en el lugar donde tengan inscrita su cédula. Después de eso, a las 3:30 p.m., los miembros de las comisiones escrutadoras continuarán contando los votos hasta la medianoche en esa sede.

El país cuenta actualmente con 12,187 puestos de votación, distribuidos en 5,605 en zonas urbanas y 7,212 en zonas rurales, lo que representa un aumento de 1,227 en comparación con las elecciones regionales de 2019. Además, habrá alrededor de 120,000 mesas de votación en todo el territorio nacional.

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