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Los cinco hitos que marcaron la Constitución Política de 1991

Desde la democracia participativa hasta las limitaciones del Estado de sitio. ¿Cuáles fueron los principales avances en la Constitución del 91?
Foto: Colprensa. Julio de 2021.
Foto: Colprensa.
Juliana Villanueva

La Constitución de 1991 se redactó en un momento convulsionado de nuestro país. Candidatos presidenciales asesinados, auge del narcotráfico y recrudecimiento de la violencia. Esta situación provocó el estallido social que decantó en nuestra Carta Magna.

“El país quería un cambio, había una crisis muy grande promovida y provocada por el narcotráfico. Había asesinado candidatos presidenciales y había hecho del terrorismo un arma tremendamente impactante en el día a día del país, mataban todos los días varios policías, era un clima de zozobra. La constituyente lo que buscó fue la pacificación”, explicó Eduardo Verano de la Rosa, ex constituyentes y precandidato presidencial.

Pero, ¿cuáles son los hitos que trajo consigo la Constitución de 1991?

Colombia como un Estado Social de Derecho

El artículo 1 de la Constitución Política de Colombia dicta: “Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”.

Aunque, ¿qué implica tener un Estado Social de Derecho? De acuerdo con Antonio Navarro Wolf, expresidente de la Asamblea Nacional Constituyente, Colombia en la Constitución se consagró como un país que respeta la dignidad humana y reconoce los derechos humanos: “Tenemos una carta de derechos muy completa, con un mecanismo de cumplimiento de esos derechos que es la tutela, que en mi criterio es la reina de la Constitución”, explicó Navarro.

La tutela, que el expresidente de la Constituyente titula como reina de la Carta Magna es el mecanismo que todos los colombianos tenemos para proteger nuestros derechos fundamentales, derechos que a su vez se encuentran consagrados en la Constitución Política de Colombia.

La modernización del Estado

Con la nueva carta política llegaron cambios para la constitución del Estado: la creación de la Corte Constitucional, la Fiscalía y la figura del Defensor del Pueblo, son algunos de ellos.

“Hitos muy importantes son la creación del Consejo Superior de la Judicatura que permite una gerencia de la rama judicial dentro de la propia rama y no dependiendo del poder ejecutivo y sin lugar a duda la creación de la Corte Constitucional como garante de nuestra Constitución Política de Colombia”, explicó Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia.

Varios expertos llaman a esta creación de nuevas instituciones una modernización del Estado a comparación de la concepción que se tenía en la Constitución de 1886.

“Un hito vital fue la creación de la Corte Constitucional como aquella que está encargada de salvaguardar y proteger el contenido de la Constitución”, indicó Luisa Fernanda García, docente de la facultad de jurisprudencia de la Universidad del Rosario.

Parte también de la modernización del Estado se ve reflejada en la creación de la figura del Defensor del Pueblo que Francisco Bernate cuenta fue importada de Suecia para que existiera un intermediario entre los intereses de la ciudadanía y el Estado.

“La Fiscalía es sin duda uno de los hitos más importantes, antes teníamos unos jueces de instrucción criminal que hacían una labor verdaderamente heróica para investigar los procesos, para llevar a juicio a los responsables y hoy tenemos una institución supremamente fuerte que trabaja en la investigación criminal con toda la técnica del caso”, puntalizó Francisco Bernate.

Constitución

La democracia participativa y la soberanía del pueblo

El cambio del planteamiento visto desde la democracia también es considerado uno de los grantes hitos de la Constitución Política de Colombia. Antes, nuestro país estaba enmarcado en una democracia representativa donde si bien el poder político viene desde el pueblo, solo es ejercido por quienes los representan. Este modelo fue replanteado en Colombia, pues fue implementada la democracia participativa donde el poder reside de manera directa en el pueblo pues no solo elige a quién los representa sino que tiene influencia directa en la gestión del Estado.

Además, en el artículo 3 de nuestra Carta Magna queda claro que la soberabía de Colombia recae en el pueblo: “La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece”

“La soberanía de Colombia reside en el pueblo. El pueblo tiene la capacidad de autodeterminarse. El pueblo es el poder supremo de nuestra nación”, indicó el exconstituyente y senador por el partido Alianza Verde, Iván Marulanda.

Las limitaciones del Estado de sitio

De acuerdo con Antonio Navarro, la Constitución de 1991 le puso fin al Estado de Sitio permamente en Colombia: “desde 1948 hasta 1991 se gobernaba en este Estado, no había división de poderes, el ejecutivo era el que hacía todo y en medio del Estado de sitio se expedían las leyes sobre lo divino y lo humano”.

Según los expertos, el Estado de Excepción busca que en momentos extraordinarios o de emergencia, el gobierno pueda concentrar gran parte de su poder en el ejecutivo para controlar la situación que en ese momento se presente.

El abogado Francisco Bernate coincidió con el expresidente de la Asamblea Nacional Constituyente, quien indicó que uno de los hitos es la restricción de los estados de excepción: “durante muchísimos años en vigencia de la carta anterior vivimos en Estado de Sitio, hoy los estados de Excepción son realmente excepcionales y cuentan con una importante reglamentación”.

La Constitución verde

Los expertos consultados coinciden en que la Constitución de 1991 tiene una amplia regulación sobre el cuidado de la naturaleza y los recursos que hay en el país. Según Francisco Bernate son al menos 81 los artículos dedicados al cuidado del medio ambiente que quedaron consagrados en nuestra carta magna y que antes no eran protagonistas de las discusiones o que simplemente no estaban redactados en la Constitución.

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