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Procuraduría suspende al alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina

Por irregularidades en la feria de Cali 2020, también fue suspendido el secretario de cultura, José Darwin Lenis.
Colprensa
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En una decisión conocida este viernes, la Procuraduría General suspendió del cargo al alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina por un periodo de cuatro meses, luego de las irregularidades encontradas en la contratación de la feria de Cali virtual realizada en el 2020.

En la decisión, también se declaró responsabilidad disciplinaria y una sanción por nueve años contra al secretario de Cultura de la ciudad, José Darwin Lenis Mejía.

De acuerdo con la investigación realizada por el ente de control, el convenio firmado entre la ciudad y Corfecali para su organización se habría firmado por 11.955 millones de pesos sin contar con estudios previos integrales, serios y suficientes que justificaran ese valor, pues fue fijado a partir de una indexación de costos de los tres años anteriores, sin tener en cuenta que en 2020 los eventos se realizarían de forma virtual por la pandemia del covid-19.

Según el concepto de la entidad, la administración municipal tenía el deber de incluir en los estudios previos la forma cómo se calcularon los precios de los eventos a realizar, “cosa que en este caso no aconteció, pues como ha quedado evidenciado, tan solo se hizo referencia a la información histórica bajo presupuestos que no eran aplicables para realizar una feria virtual”.

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Frente a las actuaciones del alcalde Ospina, este pudo incurrir en una omisión de sus funciones de control, vigilancia y supervisión sobre el proceso de contratación, que estaba en cabeza del secretario de Cultura, Lenis Mejía, pues “no le habría advertido sobre los cambios contractuales que implicaba la organización de la Feria, no le requirió informe alguno sobre la metodología para fijar los costos y tampoco le pidió una explicación por la inclusión de aspectos que eran propios de eventos presenciales”.

Por esos hechos, la Procuraduría calificó la presunta conducta del alcalde Ospina Gómez como una falta grave cometida a título de culpa gravísima, y la de Lenis Mejía como gravísima a título de culpa gravísima.

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