Para la cuarta semana de abril, es decir del 22 al 26, la medida será aplicada de la siguiente manera:
Lunes 22: La restricción aplica para placas terminadas en 9 y 0
Martes 23: La restricción aplica para placas terminadas en 1 y 2
Miércoles 24: La restricción aplica para placas terminadas en 3 y 4
Jueves 25: La restricción aplica para placas terminadas en 5 y 6
Viernes 26: La restricción aplica para placas terminadas en 7 y 8
De acuerdo con el Decreto 034 de 2024, los vehículos de servicio público individual de pasajeros tipo taxi iniciarán los lunes con el 3 como primer dígito restringido y avanzando de manera sucesiva, de lunes a domingo entre las 06:00 y las 24:00 horas, en la secuencia de 0 a 9.
¿Excepciones de la medida?
Los turistas y viajeros que se movilizan por los cuatro corredores viales que conectan la capital del Meta con los demás municipios y Bogotá, podrán transitar con total normalidad siempre y cuando presenten los tiquetes de peajes del mismo día, dentro de las dos horas posteriores de su ingreso a la ciudad.
Asimismo, para los vehículos recién matriculados en Villavicencio, los cuales podrán circular por la ciudad sin restricción de la medida durante la vigencia del decreto hasta el 28 de junio de 2024.