En entrevista con Señal de la Mañana de Radio Nacional de Colombia, el tributarista y especialista en derecho de lo contencioso, Carlos Mario Salgado, se refirió al anuncio del presidente Gustavo Petro de “desmantelar todas las nóminas paralelas que existan en las entidades públicas y de eliminar todo gasto suntuario o superfluo”, orden que le dio el pasado lunes en el primer Consejo de ministros.
Según Salgado, esto tendría un impacto directo en la contratación por prestación de servicios que actualmente se emplea en la mayoría de las entidades del Estado, “que no corresponde a la naturaleza de lo que vienen trabajando o ejecutando las personas en las entidades”.
“Esa es una figura muy vieja que empezaron a implementar las entidades del Estado, maso menos desde el año 95, viendo que se podían ahorrar un dinero en el pago de la seguridad social”, indicó el especialista.
Actualmente, el trabajador que tiene un contrato por prestación de servicio asume de manera independiente el pago de la seguridad social a partir del 40 % del Ingreso Base de Cotización (IBC), que es básicamente lo que recibe mensualmente.
Según cifras oficiales, solo en el sector público para el año 2021 se registraban más de 530 mil personas vinculadas a través de esta modalidad, representando el 48,71 % del total del personal contratado en las entidades del Estado.
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¿Qué implicaría dejar todas esas vinculaciones como contratos laborales?
“Se va a elevar el pago de la seguridad social y el valor en prestaciones sociales que deberían pagarles a esos trabajadores. Esto es un tema de presupuesto”, asegura el tributarista.
En un contrato laboral se deben pagar los seis subsistemas que conforman el Sistema de la Protección Social en Colombia: Sistema General de Seguridad Social en Salud, Sistema General de Seguridad Social en Pensiones, Sistema General de Riesgos Laborales, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, Régimen del Subsidio Familiar – Cajas de Compensación Familiar, y el Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA (este último con algunas excepciones); mientras que en el contrato de prestación de servicios solo se paga salud, pensión y en algunos casos la ARL (Administradora de Riesgos Laborales).
“Lo que está planteando el presidente Petro es el deber ser, que estas personas se encuentren vinculadas con el Estado a través de un contrato laboral. Pero la pregunta es: ¿de dónde van a salir los recursos?”, plantea Salgado.
Escucha aquí la entrevista completa con el tributarista y especialista en derecho de lo contencioso, Carlos Mario Salgado.