El Ministerio de Salud hizo llegar a la Corte Constitucional una solicitud en la que pide aclarar los alcances del fallo que amplió la eutanasia a pacientes no terminales que padezcan de enfermedades graves y no curables.
El Ministerio asegura en el documento enviado a la alta Corte que el fallo es ambiguo e incongruente y dice que por lo mismo hay dudas sobre el acatamiento de la providencia.
La decisión de la Corte, establece que no se incurre en el delito de homicidio por piedad cuando la eutanasia "(i) sea efectuada por un médico, (ii) sea realizada con el consentimiento libre e informado, previo o posterior al diagnóstico, del sujeto pasivo del acto, y siempre que (iii) el paciente padezca un intenso sufrimiento físico o psíquico proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable".
No obstante, para Minsalud esta regla permite que el procedimiento sea pedido por cualquier persona con dolor y según explican, tras revisar las definiciones de lesión corporal, el concepto en salud, “solo describe desde el punto de vista semiológico como un daño en tejidos u órganos sin calificar su gravedad”.
Agrega el Ministerio que “el concepto de lesión corporal abarca desde alteraciones en piel hasta disfunciones orgánicas relacionadas con la discapacidad cualquiera que esta sea; de la misma manera que sucede con fracturas, heridas, contusiones que alteran la integridad física”.
El Ministerio también hace referencia a las personas que padecen de alguna enfermedad mental: “Existe la imposibilidad técnica de definir un límite frente al tipo de pacientes que pudiera expresar ese tipo de solicitudes ante la imposibilidad de medidas que permitan de manera objetiva establecer que no se está ante una idea de muerte relacionada con la enfermedad mental”, se lee en el documento.
“Lo anterior deja abierta la posibilidad de interpretación para que cualquier situación que genere sufrimiento pueda ser consideraba por el sujeto pasivo como una condición válida para solicitud eutanasia como forma de ejercer el derecho a morir dignamente, por ejemplo, lesiones musculares, ceguera, parálisis faciales, lesiones en piel, secuelas de lesiones de quemaduras o traumas en general”, indicó el Ministerio.
Además, advierte a la Corte que no sabe cómo reglamentar el tema porque, según ellos, no es de su competencia.
“No se entiende cómo esta cartera tendría que actualizar la regulación actual, ya que más allá de ajustar el mecanismo reporte (solicitudes) de ciudadanos que requieren acceso al procedimiento (lo cual ya esta siendo ajustado por la entidad), por tratarse de derechos fundamentales (…) no es posible emitir regulación al respecto, lo cual escapa del ámbito de nuestras competencias”, dice el documento.
El Ministerio solicita a la Corte, para aclarar el fallo, solucionar la pregunta: ¿se deben omitir alternativas médico-clínicas, terapéuticas, tecnológicas tendientes a evitar posibles procedimientos eutanásicos?; ¿Cuál es el criterio mínimo que debe cumplirse para llevar a cabo procedimientos de morir con dignidad a través de la eutanasia?