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“Patrullero Zúñiga puede apelar a la objeción de conciencia, es un derecho”: abogado Charry

El patrullero de la Policía Ángel Zúñiga Valencia se negó a cumplir la orden de desalojar a un grupo de personas que ocupaban un barrio de invasión en Pance.
Radio Nacional de Colombia

El pasado martes, el patrullero de la Policía Ángel Zúñiga Valencia se negó a cumplir la orden de desalojar a un grupo de personas que ocupaban un barrio de invasión en Pance, zona rural de Cali, al considerar que se trataba de una violación a los derechos humanos.

Tras esto, el debate jurídico sobre si el patrullero debería ser o no sancionado tomó relevancia en la opinión pública. De hecho, el día de los acontecimientos, en redes sociales, el acto –que quedó grabado en video- se volvió tendencia, y numerales como #ZúñigaEstamosContigo y #ZúñigaEsMiHéroe fueron las etiquetas que lo acompañaron.

En La Señal de la Mañana conversamos con el abogado y constitucionalista Juan Manuel Charry sobre la objeción de conciencia a la que acudió Zúñiga para defenderse, y el principio de obediencia debida que atañe a los miembros de la Fuerza Pública.

“La objeción de conciencia es un derecho fundamental. Nadie está obligado a actuar en contra de sus convicciones. Los casos más recientes son los de los médicos que se rehúsan a practicar abortos”, señaló Charry.

Según el artículo 18 de la Constitución Política de Colombia “se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia”, derecho al que apela el patrullero de la Policía.

Sin embargo, el abogado Charry explicó que tendrá que ser el juez disciplinario el que evalué si existe evidentemente esa objeción de conciencia y si hay excusa suficiente para que no ser objeto de alguna decisión disciplinaria.

“Yo creo que si uno tiene una convicción profunda no tiene que actuar contra ella, pero como digo, aquí se contrasta con la obediencia debida que deben tener los subalternos en la Fuerza Pública; ellos son los ejecutores de las decisiones de los superiores”, dijo el abogado.

En su momento, el patrullero Zúñiga manifestó: “van a tumbar el maíz, estamos en plena cuarentena y a esa gente la van a dejar desamparada”. A lo que el Charry opinó que antes de la orden de desalojo debió pensarse en una reubicación de aquellas personas.

“La Corte Constitucional ha dicho que los derechos no son absolutos, son relativos, tiene que considerarse en armonía con otros derechos que entran en conflicto (…) Debe haber una consideración subsiguiente de la comunidad y se les deben ofrecer alternativas para no dejarlos totalmente desamparados”, expresó.

Por su parte, el general Manuel Martínez, comandante de la Policía de Cali, en entrevista con un medio radial indicó que el requerimiento que llegó al comando fue de un acompañamiento para que se garantizara la seguridad de los funcionarios encargados de la restitución del inmueble que es de uso público.

“Nosotros lo que teníamos que adelantar era este acompañamiento, pero ya ir a cuestionar una orden o una decisión administrativa o judicial por una entidad correspondiente, no nos compete y menos negarme a esa solicitud que era un acompañamiento a esos funcionarios”, dijo Martínez en la entrevista con el medio nacional.

Ante esto, si el patrullero Zúñiga no desacato la orden de un superior sino la de un juez de la república, el procedimiento judicial podría ser diferente en contra de él. El abogado Charry manifestó que de una u otra manera el uniformado tendrá que enfrentarse a un proceso disciplinario.

“Seguramente el patrullero tendrá que someterse a un proceso disciplinario por no haberse acogido a las órdenes (…) Si la decisión era de un juez, las condiciones serán diferentes porque se supone que antes de establecerse la orden, ya se había dado la discusión si era correcta o no”, culminó.

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