La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos contra las empresas Gloria Colombia, Lactalis Colombia (Parmalat), Sabanalac y Compañía procesadora y distribuidora de lácteos (Hacienda San Mateo), por presuntos actos de competencia desleal, porque, presuntamente, desde 2020 venían adicionando lactosuero a la leche entera higienizada UAT.
La investigación se inició porque a la Superintendencia llegaron varias denuncias, algunas anónimas, sobre la ocurrencia de esta conducta.
La SIC hizo visitas de inspección en conjunto con el Invima, en las que se tomaron muestras que fueron analizadas por esa entidad.
Los resultados de las pruebas realizadas demostraron la presencia de Lactosuero caseinomacropétido en algunas de las muestras analizadas en grandes cantidades en comparación con el valor promedio de 30 μg/ml (microgramos por mililitro), utilizado como referencia para la leche cruda (sin higienizar).
De acuerdo con la entidad, estos resultados probarían que las empresas investigadas sí habrían adicionado lactosuero al momento de producir la leche entera higienizada UAT que comercializan en el mercado.
Con estas conductas, sobre las que las empresas deberán presentar descargos, habrían incurrido en la realización de actos desleales de engaño (art. 11 Ley 256 de 1996) frente a los consumidores finales, pues estarían vendiendo un producto que se publicita como leche, pero al que se le han adicionado grandes cantidades de lactosuero sin informar dicha circunstancia al consumidor.
Adicionalmente, en actos desleales de violación de normas (art. 18 Ley 256 de 1996) por haber infringido las prohibiciones establecidas en el artículo 14.1 del Decreto 616 de 2006 y en el artículo 8 de la Resolución No. 2997 de 2007 del Ministerio de Salud y Protección Social, normas que prohíben en forma absoluta la adición de lactosueros a la leche en todas las etapas de la cadena productiva.
La Superintendencia trasladará la decisión al Invima y al Ministerio de Salud para que investiguen las conductas desde el punto de vista de la salud de los consumidores.
Las empresas investigadas podrían ser objeto de multas hasta de 100 mil salarios mínimos mensuales por cada conducta, o incluso mayores.