Según señaló la Corte, se trata de decretos que hablan sobre auxilios educativos Covid-19 para beneficiarios de créditos del Icetex, medidas de urgencia en contratación estatal, contratación estatal para adquirir en el mercado internacional dispositivos médicos y elementos de protección personal, y la exención de presentación del examen de Estado para el ingreso a pregrados en educación superior, programado para el 15 de marzo de 2020 y eventualmente, el previsto para el 9 de agosto de 2020.
Estas normas para el alto tribunal están apegadas a la Constitución Política de 1991, por lo que fueron aprobadas por la mayoría de los magistrados y fueron discutidas durante la última sala plena virtual que se desarrolló en la Corte Constitucional.
Aunque la Corte, declaró inexequible un artículo del decreto de la contratación estatal, para comprar en el mercado exterior elementos médicos, en el que se eximía a las compañías contratantes de tener sucursal en el país, debido a que esa exigencia prevista en la legislación mercantil, no resultaba aplicable para los contratos regulados en el decreto legislativo 499 de 2020.
Para el alto tribunal, como en la legislación ordinaria no es exigible tener una sucursal en Colombia para suscribir contratos cuyo objeto a desarrollar es temporal, el decreto legislativo no necesitaba exceptuar este requisito.