A partir del lunes 28 de octubre y hasta el sábado 2 de noviembre, se aplicará una restricción de circulación para vehículos particulares, incluidas motos, en días hábiles (lunes a viernes) de 6:00 a. m. a 8:00 p. m., y los sábados de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. Esta medida, exceptuando a vehículos eléctricos, se rige por el artículo 6 de la Ley 1964 de 2019.
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Así rige el pico y placa para esta semana:
- Lunes 28 de octubre: Placas terminadas en 5 y 6.
- Martes 29 de octubre: Placas terminadas en 7 y 8.
- Miércoles 30 de octubre: Placas terminadas en 9 y 0.
- Jueves 31 de octubre: Placas terminadas en 1 y 2.
- Viernes 1 de noviembre: Placas terminadas en 3 y 4.
- Sábado 2 de noviembre: Placas terminadas en 5 y 6.
Para las motos, se tomará en cuenta solo el último dígito numérico de la placa, ignorando cualquier letra final.
Las sanciones por incumplimiento están establecidas en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, y se consideran multas de categoría C, que equivalen a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, además de la posible inmovilización del vehículo.