Indignidad sucesoral ¿Se puede desheredar los hijos?
Indignidad sucesoral ¿Se puede desheredar los hijos?
En Colombia existe la figura de la indignidad hereditaria que consiste en la inhabilidad o la pérdida del mérito que recae sobre una persona para ser heredero o legatario por el hecho de haber incurrido en las causales establecidas en el artículo 1025 del código civil. Sobre ese tema habló, en el programa Contacto Directo, Jhon Batanero Abogado Civil, especialista en Asesoría Administrativa director Jurídico de CBT Asesores. En la sección héroes sin capa los invitados fueron Samuel Uribe y Juan Pablo Diaz Creadores de la App Rochimed una app enfocada en mejorar el bienestar y, especialmente, la desinformación en temas relevantes de salud dentro de la comunidad.
Escúchelos de lunes a viernes a partir de las 2 de la tarde.
Emisión 05 de marzo del 2024