Por: Colprensa.
Paralelamente, la Jurisdicción Especial para la Paz y la Fiscalía General de la Nación adelantan investigaciones por el magnicidio del líder conservador, Álvaro Gómez Hurtado, ocurrido a las afueras de la Universidad Sergio Arbolada, el 2 de noviembre de 1995.
Los autores del crimen aún son un misterio para las autoridades judiciales, quienes a pesar de declararlo de lesa humanidad, 25 años después, desconocen de los mismos, y por el contrario nuevas hipótesis se ciernen a su alrededor. Ahora, los exjefes de la guerrilla de las Farc, se adjudicaron el hecho, y aseguraron que responderán por el mismo.
El tribunal de paz, que fue quien recibió la carta de los exguerrilleros confesando el crimen, aseguró que se adelantarán las labores tendientes a determinar responsabilidades individuales, por lo que tres días después de conocerse el pronunciamiento, llamó a rendir versión de lo ocurrido a Rodrigo Londoño y Carlos Antonio Lozada, exjefes de la guerrilla, que hoy ocupan una plaza en el Congreso de la República.
La decisión la tomó la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad tras estudiar el contenido de la carta suscrita por tres comparecientes a nombre del antiguo Secretariado de las Farc, en donde también se adjudicaron seis homicidios más. La Sala le solicitó a la Fiscalía General amplíe los informes presentados sobre los delitos cometidos con ocasión y en desarrollo del conflicto armado, con remisión de copias de los expedientes que puedan estar en su poder referentes a esos seis homicidios.
No obstante, la Fiscalía también se movió con el caso, y decidió llamar a rendir declaración jurada por tales señalamientos a los mismos exmiembros de las Farc. "En cumplimiento del deber constitucional de investigar delitos, La Fiscalía General, continuará con la práctica de pruebas, tendientes a esclarecer los hechos, los autores o partícipes donde falleció el doctor Álvaro Gómez Hurtado y su asistente José Huertas”.
¿Choque de trenes?
El ente acusador ha señalado que como “deber constitucional” tiene la responsabilidad de avanzar con el proceso judicial, no obstante, la JEP también tiene la potestad de hacerlo, pues la jurisdicción conoce de hechos ocurridos en el marco del conflicto.
No obstante, lo que podría ser un choque de trenes entre ambas jurisdicciones por la competencia del expediente, para el procurador general Fernando Carrillo es una “oportunidad” de articular la justicia ordinaria y la transicional, sin embargo, dejó claro que la JEP tiene la obligación de investigar el magnicidio.
Londoño, jefe del partido Farc y uno de los excombatientes del grupo guerrillero, no parece tener la misma percepción, pues consideró que la citación por parte de la Fiscalía se convierte en un hecho contrario al acuerdo de paz, así lo aseguró al diario El Tiempo.
“Semejante citación es absolutamente contraria al Acuerdo, a los actos legislativos, leyes y sentencias de la Corte Constitucional. Constituye una flagrante violación de los más elementales principios jurídicos y de procedimiento. Todo el mundo sabe que los procesos judiciales deben cumplirse ante el funcionario competente. Y ese funcionario es la JEP”, dijo en entrevista a dicho diario.
No obstante, para el penalista y exfiscal Camilo Burbano, el llamado de la Fiscalía a Timochenko corresponde a un acto común que tiene que hacer la Fiscalía en el marco de las investigaciones, si bien, el experto dejó claro que la competencia de indagar el magnicidio es netamente del tribunal de paz, también aseguró que los excombatientes de las Farc pueden ser llamados en calidad de testigos.
“Que una persona esté sometida a la JEP, no significa necesariamente que no pueda ser llamado como testigo a la Fiscalía, que es lo que sucedió con la citación que hizo el ente acusador durante esta semana. No hay irregularidad jurídica en ese tema”, aseguró.
Por lo anterior, Burbano confirmó que no se registra un “choque de trenes” entre ambas jurisdicciones porque los roles de cada una ya están definidas.
“Según el acto legislativo 01 de 2017 que implementa la JEP, se establece que el tribunal de paz tiene el poder preferente de investigar los hechos y conductas ocurridas en el marco del conflicto armado. Frente a las personas que están sometidas a la JEP, por ejemplo, el senador Lozada o Timochenko, la competencia exclusiva es de la JEP, más no de la fiscalía”, dijo Burbano.
El penalista dejó claro que el ente acusador, si bien puede seguir investigando el caso, no podrá emitir ningún acto jurídico, es decir, no podrá llamar a imputación, ni podrá presentar acusación frente a las personas que sean competencia de la JEP.
Aseveró que en el proceso existen diversas teorías, por lo que precisamente no se descarta que la Fiscalía siga la línea de investigación que tenía tiempo atrás, no obstante, aclaró que esas hipótesis jurídicamente deben estar encaminadas a personas que no estén vinculadas a la JEP.
Así las cosas, la justicia ordinaria y la transicional pueden terminar con conclusiones respecto del proceso siempre y cuando tengan soportes jurídicos.
Lo que viene
El abogado especialista en Ciencias Penales y Criminológicas, Iván Durango, coincidió con Burbano en que la competencia para investigar el magnicidio de Gómez es de la Jurisdicción Especial para la Paz, no obstante, dejó claro que dicho tribunal tiene la responsabilidad de verificar si finalmente los señalamientos de Londoño y Lozada obedecen a la verdad.
“En la JEP existen escenarios de verificación e investigación que los llevará a determinar si estas verdades o aseveraciones responden a una realidad, si la JEP con su investigación determina que lo manifestado por Lozada y varios miembros de las Farc no es verdad, tendrán sanciones que están regladas dentro del acuerdo de paz, de allí la Fiscalía podrá y tendrá que seguir investigando este crimen”, aseguró el penalista.
Durango dejó claro que “estamos en un proceso que está frente a la JEP, y allí existen acuerdos, entre ellos, confesar crímenes, y estas personas están confesando el crimen de Gómez Hurtado, están revelando esta verdad en el que ellos consideran es un momento útil para el país. Con ese entendido, en caso de demostrarse que lo expuesto es verdad, será la JEP quien en este hecho dicte una sentencia”.
El penalista recordó que la justicia transicional debe tener en cuenta tres puntos claves a la hora de avanzar con la investigación que vincula a Lozada y Londoño, que corresponde a identificar el momento en el que fue cometido el delito, la naturaleza del mismo, y quien realizó la conducta punible.
“La JEP tiene el compromiso internacional de juzgar hechos cometidos antes del conflicto armado. Entonces lo que se busca, en este caso, es que el crimen se haya dado con ocasión a dicho conflicto para que pueda seguir el curso de la investigación. La Fiscalía investiga y ese insumo servirá para la condena que emita la Jurisdicción Especial de Paz”, argumentó.
Respecto de lo que pasará con el hoy senador Carlos Antonio Lozada, e incluso con Londoño, el experto aseguró que, definitivamente, no perderán su investidura, “para ello están los acuerdos de paz, tienen la obligación de contar la verdad al país, confesar sus crímenes y no tendrán una sanción como lo pide la opinión pública, porque ellos se encuentran dentro de una jurisdicción especial que le protege, les cobija, y les hace un llamado a contar la verdad”.
El penalista, a su vez, dejó claro que “no los podemos judicializar por el hecho que estén cumpliendo este compromiso, es decir, que cuenten la verdad. Ya el sistema de la JEP determinará si hay lugar a una sanción propia, pero no se les puede pedir en el acuerdo que cuenten la verdad, y luego judicializarlos porque lo hacen”.
Finalmente, Durango reiteró que ambas jurisdicciones pueden llegar a conclusiones e hipótesis diferentes respecto de la investigación en curso, “nuestro sistema penal prevé la verdad procesal y cada uno tiene una naturaleza y realidad jurídica distinta”.