Pasar al contenido principal
CERRAR

Cuando las mujeres cometan delitos también se aplica el enfoque de género: Corte

La Corte resalta que es importante evaluar el delito bajo un enfoque de género, para examinar la culpabilidad de la acusada.
Enfoque de género se aplicará cuando las mujeres cometan delitos
Foto: Colprensa
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia estableció que los jueces deben aplicar el enfoque de género no solo cuando la mujer es víctima del delito, sino también cuando es la autora de este.

Ahora bien, esta decisión se produce como consecuencia de la sentencia que profirió, en el caso de una mujer que había sido condenada a 60 años de prisión por el homicidio de sus tres hijos.

Sin embargo, la Corte modificó la sanción y en su lugar la condenó a 20 años de internamiento psiquiátrico, puesto que se demostró que para la época de los hechos sufría un trastorno esquizoafectivo y se encontraba en medio de una crisis psicótica que afectó su comprensión de la realidad.

En ese orden de ideas, la Corte consideró que la valoración de la culpabilidad de la acusada se hizo desde un punto de vista de violencia sexista.

A juicio de la Sala, se debe tener en cuenta el contexto en que vivió, de maltrato, violencia sexual que sufrió por parte de su progenitor desde la niñez y la exclusión al interior de su familia, situación que la llevó a dejar su hogar antes de los 12 años de edad.


Te puede interesar: 


La providencia recuerda que la procesada quedó embarazada por primera vez a los 15 años de edad, nunca recibió apoyo de los padres de sus hijos, no tuvo acceso a la educación más allá del segundo grado de primaria, además de padecer el trastorno esquizoafectivo para el que nunca recibió tratamiento.

La corporación sostuvo que “desde la niñez temprana y hasta la ocurrencia del delito investigado... vivió en un contexto de ostensible y explícita discriminación de género, manifestada en agresiones de todo tipo –sexuales, psicológicas, económicas e, incluso, institucionales–, por razón de la cual se vio privada de varios de sus derechos más básicos. En suma, del derecho a llevar una vida digna y libre de violencia”.

Por lo tanto, la Corte resalta que es importante evaluar el delito bajo un enfoque de género, para examinar la culpabilidad de la acusada, la necesidad de la pena y reconocer que actuó bajo circunstancias de menor punibilidad.

Por otro lado, sostuvo que la inequidad, la violencia y las condiciones de vulnerabilidad repercuten en la comisión de delitos por parte de mujeres. No obstante, aclara que siempre deben examinarse las particularidades de cada caso.

Finalmente, señaló que “las mujeres son, con mayor frecuencia que [los hombres] y por razón de la existencia de estructuras sociales, familiares y económicas de orden patriarcal, puestas en situaciones de vulnerabilidad, como también que por esa misma razón sufren violencias que no afligen a los hombres, todo lo cual suele ser soslayado por los administradores de justicia”.

Por lo tanto, los jueces deben en sus decisiones tener en cuenta el enfoque de género.

Artículos Player