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“Yo no soy ningún terrorista, ni RTVC es portador del terrorismo”: Hollman Morris sobre denuncia penal contra María Fernanda Cabal

Tras tomar acciones legales contra la senadora María Fernanda Cabal por señalamientos y campaña de desprestigio en contra del Sistema de Medios Públicos y el gerente Hollman Morris, este jueves el gerente explicó los hostigamientos por parte de líderes de la oposición.
Hollman Morris habla sobre denuncia penal contra María Fernanda Cabal
Propiedad de RTVC
Laura Marcela Murillo

En la entrevista con La W, el gerente explicó que desde el mes de enero inició la estigmatización por parte de la senadora María Fernanda Cabal hacia el medio, debido a que él como periodista realizó una entrevista al comandante de los frentes 18 y 36 de las Farc en Antioquia.

 

“RTCV convertido en caja de resonancia de FARC. El "periodista"  muy complacido con presencia de guerrilla pero preocupado con "avance paramilitar."”, escribió en X Cabal.

 

También, comentó que el Centro Democrático realizó un comunicado donde dice que el gerente tiene que responder por los hostigamientos, cuando estas acciones vienen presuntamente por parte de líderes del partido político opositor:

 

“El hostigamiento es evidente, pero desde la plataforma de medios públicos del Estado hacia la oposición, incluidos concejales, congresistas y el propio expresidente Álvaro Uribe. 

Es inconcebible que con dineros públicos se siga financiando un “pseudo” periodismo que desde RTVC se ha convertido en un arma ideológica y política para atacar a figuras del Centro Democrático.” comunicó el Centro Democrático en X. 

 

Por consiguiente, ante los constantes comentarios por parte de la senadora y otros integrantes del Centro Democrático contra RTVC, Hollman Morris aclaró que Cabal no puede violar la ley.

 

“La senadora tiene su fuero parlamentario, pero lo que no puede hacer ni como senadora ni como ciudadana es extralimitarse de sus funciones, ni violar la ley” afirmó el gerente.


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Cabe destacar que Hollman Morris junto con su familia tienen una medida cautelar de protección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos desde el 2005. Por consiguiente el gerente explicó en la entrevista, que “las medidas cautelares obligan al Estado colombiano a proteger y respetar a todos los funcionarios del estado”. 

 

También, manifestó que La Fiscalía General de la Nación hizo una mesa de trabajo de seguimiento a las medidas cautelares y que por eso la Fiscalía abrió una investigación de oficio ante el hostigamiento permanente de la señora Cabal y de algunos integrantes del Centro Democrático.

 

Lo que ha hecho el Centro Democrático hace más de 20 años es vulnerarme el derecho al buen nombre, a la honra, pero hay un antecedente más que no lo tienen otros por estos mismos hechos. El ex senador Álvaro Uribe fue llamado por la Corte porque él llamó al Canal Capital públicamente el “canal del terrorismo”, lo mismo que está haciendo la señora Maria Fernanda Cabal, por esa razón, la Corte Constitucional consideró que había méritos para llamarlo ante la Corte y el señor Uribe y yo conciliamos sobre la base de que estos hechos de estigmatización y hostigamiento no se fueran a repetir, que es lo que ha hecho el Centro Democrático, Uribe y la señora Cabal, volver a estigmatizar, algo que ya tiene jurisprudencia en Colombia” argumentó Morris.

 

Es por ello que el gerente expresa que se siente amenazado, debido a que se repiten los actos que lo llevaron a su exilio.

 

Yo no soy ningún terrorista, ni RTVC es portador del terrorismo, que quede muy claro eso”, “ante ese escenario constante por parte de la señora Maria Fernanda Cabal y como gerente de una empresa pública que es el Sistema de Medios Públicos del Estado colombiano  RTVC, me veo en la obligación de interponerse una denuncia penal ante la Corte Constitucional por injuria y calumnia”, afirmó Hollman Morris.

 

La demanda interpuesta ante la Corte Suprema de Justicia argumenta los siguientes delitos establecidos en el Código Penal: injuria de carácter continuado y agravada (artículos 220 y 223), injuria indirecta (artículo 222) y Calumnia (artículo 221).


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