La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de aclaración que interpuso el senador del partido Liberal Miguel Ángel Pinto, aduciendo que él no era la persona que mencionó Dairo Antonio Úsuga alias ‘Otoniel’ en esa Jurisdicción, sino un homónimo.
“Los togados relatores de la Sala de Reconocimiento de la JEP, concluyen que no hay lugar a la aclaración invocada, en tanto la parte resolutiva no envuelve razonamientos o expresiones que planteen motivos de duda, esto es, que adolezcan de falta de certeza o tornen problemático su entendimiento de un nombre señalado por un testigo”, dijeron los magistrados en la determinación.
Incluso, dentro de la decisión la Sala mencionó algunos apartes del testimonio en el que ‘Otoniel’ mencionó al senador, en donde aclara que no se reunió directamente con él pero que sí sabía de sus actuaciones.
Magistrado: ¿Además de gobernadores, algún vínculo del Bloque Centauros con algún congresista?
Testigo: (‘Otoniel’) (…) Del Bloque Centauros este Miguel Ángel Pinto Hernández era también de allá. Estaba un representante a la Cámara que era Leonidas Ortega también pertenecía al Casanare.
Magistrado: Entonces nos dice que Miguel Ángel Pinto, pero digamos cuál era la relación de él con la organización, cuéntenos todo el detalle que usted sepa.
Testigo: (‘Otoniel’) (…) Pues lo que era esa zona, departamento, la relación era, pues la organización los tenía que apoyar mucho en las cosas de -sic- porque se tenía un trabajo social muy grande en las zonas con las comunidades, entonces se hablaba con las comunidades para que votaran por el candidato que la organización tuviera de acuerdo que a ver si montaban al Congreso o la Cámara de Representantes, esa era una de las cosas pa que ellos también tuvieran beneficios para la organización en las regiones allá, pa las comunidades.
Magistrado: ¿Y con el señor Miguel Ángel Pinto qué relación tuvo entonces usted?
Testigo: (‘Otoniel’) Pues se apoyaban en eso, yo con ese personaje no hablé, sino que lo que era el apoyo que había en la región era eso… que les colaboraba que la gente votara por ellos para que ellos salieran elegidos en el Congreso, en la Cámara de Representantes para que apoyaran también las regiones allá donde estábamos, donde operaba el Bloque Centauros.
Magistrado: ¿O sea usted directamente no habló con él, pero supo que hubo alguna reunión, por lo que le entiendo?
Testigo: (‘Otoniel’) Sí porque los políticos, todos los políticos, en esa época, que fueran a hacer campaña con la región tenían que reunirse con la organización, entonces era el trabajo de los políticos, los políticos hacían la reunión porque uno era el comandante militar, el comandante del frente entonces uno delegaba a los comandantes políticos para que hicieran la reunión con ellos… hicieran los compromisos con ellos.
Magistrado: ¿Entonces digamos la reunión de Miguel Ángel Pinto con quien fue directamente?
Testigo: (‘Otoniel’): Fue con un señor que le decían Pachito, pero el que llevaba a esa gente, el que llevaba a toda esa gente era William Mayorga, llevaba todos los enlaces que eran políticos y contrataciones a donde nosotros. Andrés tuvo una reunión también, el difunto Pacho y el que fue a llevarlos el muchacho William que era el enlace” (…).
Dentro del testimonio que entregó también ‘Otoniel’ y que fue revelado por la Sala de Reconocimiento se encuentra un cuestionamiento del procurador delegado Alonso Pío Fernández sobre por qué Pinto se interesaría en establecer vínculos con el Bloque Centauros si era un político de Santander a lo que ‘Otoniel’ respondió:
“Con toda esta gente hablábamos nosotros, se hablaba era de contratistas, de contratación, pero en ese mismo tema se hablaba del apoyo para el tema de la gobernación. Cómo es, que llegara un gobernador que si apoyara la organización”.
Por último la Sala de Reconocimiento de la JEP aclaró que al cumplir con el deber legal de compulsar copias, al considerarlo pertinente por haber sido mencionado con sus nombres y apellidos por un testigo, no se afectan los derechos fundamentales al buen nombre, a la honra y al debido proceso del peticionario, pues si resulta vinculado a una investigación podrá ejercer su derecho de defensa y contradicción y, en todo caso, se mantiene incólume la presunción de inocencia.