La Corte Suprema de Justicia determinó que al igual que otras parejas, los compañeros del mismo sexo no tendrán que presentar una declaración juramentada para demostrar que convivían y así poder acceder a la pensión de sobrevivientes.
“Tratándose de parejas del mismo sexo la declaración ante notario no es el único medio probatorio para demostrar el requisito de la convivencia. En tal sentido, admitirse que la única forma de acreditar la convivencia de las parejas del mismo sexo es a través de la declaración extrajuicio es avalar un trato discriminatorio”, señaló la Corte.
En ese sentido, las parejas podrán contar con la pensión, mostrando su convivencia a través de cualquier tipo de prueba, documentos o testimonios, de lo contrario sería afectar sus derechos.
“Es inadmisible aceptar que existan criterios de diferenciación para probar la convivencia de parejas del mismo sexo, pues con ello estas estarían sometidas a reglas distintas para demostrar la vida en común, lo cual alteraría la igualdad de trato que merecen frente a las parejas heterosexuales”, afirmó el alto tribunal.
El pronunciamiento lo hizo la Corte Suprema tras conocer el caso de una mujer que convivió por más de seis años con su pareja; sin embargo, por la presión familiar aceptó realizar una declaración extrajudicial en la que aseguraba que no convivía con nadie y por lo tanto, Colpensiones le negó la pensión de sobrevivientes, ya que no había prueba de que habían convivido.
“No es la situación formal entre la pareja la que define si existe o no el derecho al reconocimiento de la pensión de sobrevivientes, sino la efectiva y real conveniencia con las características ya señaladas”, concluyó el alto tribunal.