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Desde el 7 de julio, estos plásticos de un solo uso quedan prohibidos en Colombia

¡Por el cuidado del planeta! A partir del 7 de julio, quedará prohibido el uso de ciertos plásticos de un solo uso, conforme a lo estipulado en la Ley 2233 de 2022.
Eliminación plásticos de un solo uso Colombia | Multas
Foto de: WWF
Alejandro Mejía Molina

¡Colombia avanza en el cuidado del medio ambiente! Desde este 7 de julio de 2024, quedará prohibido el uso de ciertos plásticos de un solo uso, conforme a lo estipulado en la Ley 2233 de 2022. 

De acuerdo con el artículo 5 de la misma, son 14 productos plásticos de un solo uso que se espera eliminar, de forma gradual, hasta el 2030.

Sin embargo, a partir del domingo 7 de julio se eliminarán 6, que serán las "bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial", explican en el artículo 5 de la ley. 

De igual forma, se prohibirán las bolsas que se utilizan para "embalar periódicos, revisas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada". También, los "soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón".


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Asimismo, se prohibirán los "rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos".

Los mezcladores y pitillos para bebidas también entran en esta lista, durante años han generado bastante polémica por su impacto en el medio ambiente, especialmente en los océanos. “Los pitillos y otros plásticos causan daño a la vida marina de muchas formas", asegura la WWF. 

Por último, se prohibirán los soportes plásticos para las bombas de inflar. Conoce en su totalidad los productos que serán prohibidos de forma gradual hasta el 2030.

Productos exceptuados 

En el parágrafo del artículo 5 de la misma ley se explica cuáles son los plásticos de un solo uso que quedan exceptuados, por ejemplo, aquellos que sean utilizados con fines médicos "por razones de asepsia e higiene" y que no puedan ser sustituidos. 

También están por fuera de la regla los que tengan productos químicos "que presentan riesgo a la salud humana o para el medio ambiente en su manipulación".

Los alimentos, líquidos o bebidas de origen animal "que por razones de asepsia o inocuidad" requieran plásticos de un solo uso, seguirán utilizándose normalmente, entre otros productos que podrás conocer en su totalidad en la misma ley. 


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Multas por incumplir la medida 

En la Ley 2233 de 2022 se deja claro cuáles serán las sanciones por incumplir la medida. Por ejemplo, aquellos infractores podrían enfrentar una multa de 100 hasta 50.000 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes. 

También podrían decomisar los elementos de plásticos, clausurar de forma temporal un establecimiento o, incluso, cerrarlo de forma definitiva. 

Plásticos de un solo uso, prohibidos en áreas naturales protegidas y Parques Nacionales Naturales

Foto de Ministerio de Ambiente
Foto de: Ministerio de Ambiente

En el capítulo III, artículo 12, de la Ley 2233 de 2022, se prohibió el uso de plásticos de un solo uso en áreas naturales protegidas y en Parques Nacionales Naturales de Colombia. 

Al respecto, en diciembre del 2023, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, firmó el decreto 2192 de 2023, con el que inició de manera oficial esta medida. La ministra de Ambiente, Susana Muhamad, aseguró en aquel momento que:

“Este es un paso muy importante porque los plásticos de un solo uso, son el principal contaminante de nuestros ecosistemas. El decreto le da competencias al ministerio de Ambiente y de Vivienda para fortalecer las organizaciones de recicladores en la cadena de manejo del plástico”.

Por eso, ¡cuidemos juntos el medio ambiente y cooperemos para cuidar nuestra única casa posible: el planeta!

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