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La gobernanza del pueblo Pasto en Nariño, un legado ancestral

La elección del cabildo se hace de manera pública a través del voto cantado, como lo han hecho los mayores tradicionalmente.
Sandra Eraso

Las 28 comunidades indígenas que constituyen la Nación Pasto en Colombia ejercen su gobernanza de acuerdo con sus costumbres y tradiciones, cada uno de ellos tiene sus propias reglas y formas de llevar a cabo los procesos de elección de sus líderes.

La herencia ancestral de sus antepasados rige los procesos democráticos dentro de los resguardos y cabildos indígenas Pasto del sur de Colombia, “Dentro de los pueblos ancestrales siempre se ha venido conservado el ejercicio del uso y la costumbre, como parte de lo que llamamos nosotros Ñawpa kamachikuy, que quiere decir la ley de origen, la ley natural, el derecho mayor”, explicó Aldemar Ruano, comunero pasto de Colimba.

Quienes son elegidos tienen que cumplir algunos requisitos morales y éticos, según el comunero, quien es representante del consejo mayor de educación indígena Pasto Killasinga, “se identifica la condición del buen liderazgo de los compañeros líderes,  los taitas, las mamas, los comuneros, en donde se ve el liderazgo y la capacidad de dirigencia, buena conducta, valores, disciplina y honorabilidad de las personas que se eligen para representar a toda una comunidad”, indicó Ruano.

A final de año se eligen unas ternas que se postulan a partir de lo que es el ejercicio de la gobernanza según la pirámide jurídica, donde “existe el cabildo como parte representativa y su gobernador como cabeza visible, posteriormente, el Consejo de Mayores y la comunidad, que es en sí la máxima autoridad. La gobernanza se ejerce de manera honesta dentro del ejercicio social, comunitario, político, ideológico y militar, toda la condición de los poderes que ejercen la autoridad”, dijo el comunero.

La elección del cabildo se hace de manera pública a través del voto cantado, “cada comunero, públicamente y en comunidad dice en voz alta por quién vota y es una costumbre que se ha conservado, es una forma como se elige en el sur”, añade Ruano.

De acuerdo con los reglamentos internos de cada comunidad Pasto, se decide el período de gobierno que puede ser de un año, dos años y otros conforme a la Ley que son tres años.

En el caso del Resguardo Indígena del Gran Cumbal, se ha establecido la Escuela de Derecho Propio Laureano Inanpuez, en la se comparte conocimiento con estudiantes de los pueblos Pasto y Killasinga de Nariño y Otavalo y Cayambe en el vecino país del Ecuador.

Para los pueblos originarios que aplican el derecho propio, éste constituye su carta de navegación. Eduardo Cuaical, indígena del resguardo manifiesta que “representa autonomía, autoridad, justicia, diversidad, historia, presente, pasado y futuro, usos y costumbres, sagralidad y espiritualidad por lo tanto eso es espiritualista. Esto es universal adquirido por el derecho mayor, que está la ley de origen, la ley natural.”

Estas leyes no están escritas ni codificadas como lo están las leyes de la justicia ordinaria, las comunidades milenarias en sus territorios lo hacen de manera oral, a través del fogón y la minga del pensamiento, apalancados por las normas nacionales e internacionales dictadas a su favor como lo establecido en el artículo 246 de la Constitución Política de Colombia y el Convenio Internacional 269 de la OIT adoptado Colombia a través de la Ley 21 del 4 de marzo de 1991.

En el Gran Cumbal, la elección está regida por los giros de la gran espiral, es decir de manera rotativa, “El churo cósmico es infinito, por lo tanto, la rotación de la autoridad tradicional gira a este ritmo, rotándose entre las 9 veredas que hacen parte del territorio.”

Con el permiso de la madre tierra, con el legado ancestral de los mayores, leyendo los movimientos de las constelaciones, los pueblos indígenas ejercen autonomía para defender a sus comunidades y fortalecer la dignidad el derecho propio y la cultura.

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