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¿Qué responsabilidades habría por desplome de palcos en El Espinal, Tolima?

Abogados consultados indican que habría responsabilidad penal y administrativa para la Alcaldía por el desplome de los palcos en El Espinal (Tolima).
Caída de palcos en El Espinal, Tolima
Foto: HANDOUT / COLOMBIAN NATIONAL POLICE / AFP
Freddy Nagles

Abogados consultados aseguran que habría responsabilidad penal y administrativa para la Alcaldía de El Espinal y los organizadores de las corralejas en el marco de las festividades de San Pedro, por el desplome de los ocho palcos de la Plaza Gilberto Charry y que causó la muerte de cuatro personas, entre estos, un menor de 14 meses de nacido, y más de 300 heridos.

De acuerdo con Iván Cancino, reconocido abogado en temas penales, la responsabilidad recaerá en el funcionario que firmó los permisos y en quien armó los palcos que colapsaron.

“Debemos hacer un análisis real y serio para prevenir que estas situaciones no deban suceder. Dicho esto, si el evento taurino no tenía restricciones de edad (en el caso de los menores), obviamente que los padres de familia no tienen ninguna responsabilidad en las lesiones que tuvieron sus hijos menores, porque ellos compran una boleta convencidos que el espectáculo sí fue autorizado y cumplen con las medidas de seguridad”, explicó el jurista.

En cambio, quien debe responder directamente en este caso es el funcionario que firmó los permisos y el organizador del certamen.

“Me imagino que el organizador subcontrató a quien armó los palcos, por lo que este último también deberá responder, en principio, por homicidio culposo y por lesiones personales culposas. También, él y los funcionarios de la Alcaldía de El Espinal que dieron los permisos. Si el alcalde tuvo que ver en los permisos, es decir, si los firmó, deberá responder, si no, deberá ser el secretario encargado de las licencias y permisos para este tipo de eventos”, puntualizó Cancino.


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Responsabilidades con los menores

Por otra parte, abogados de familia como Sergio Andrés Céspedes, aseguran que, si bien no hay responsabilidad penal para los padres de familia, si debió preverse espacios en los que no corrieran riesgo los menores de edad, a propósito del niño de 14 meses que resultó fallecido.

“En relación con los padres de familia, hay una falta de tipo ético o moral, no lo veo yo legal. Aunque entre los deberes de los padres de familia propios de la patria potestad está el deber del desarrollo integral de los menores y de su protección, los padres en ese sentido deben mantener a sus hijos alejados de ambientes que puedan atentar contra su salud y bienestar, por ejemplo, el consumo de alcohol, tabaco, etc. y pues en esos ambientes es muy usual estos consumos”, subrayó.

Y en ese sentido, “el Código de la Infancia y la Adolescencia, aunque permite el derecho a la recreación y la participación en la vida cultural y social de los menores, sí impone, en virtud del principio de corresponsabilidad entre el Estado y los padres de familia, armonizar el ejercicio de ese derecho que tienen los menores de participar de las actividades culturales propias de su entorno socio-cultural. Sin embargo, ese derecho que tienen los menores debe ser armonizado con la prohibición de ingresar a establecimientos destinados a juegos de suerte, de azar, venta de licores, cigarrillos. O también, deben destinarse unos espacios especiales donde se permita la seguridad especial a los menores. En ese sentido, tanto el Estado, en este caso, la Alcaldía de El Espinal, como los organizadores de la corrida de toros y los padres de familia fallaron en este sentido”, recalcó Céspedes.

Conocedores de la Plaza Gilberto Charry, del municipio de El Espinal, aseguraron que los palcos caídos fueron construidos por inexpertos y a ‘las carreras’, y además hubo sobrecupo en el espacio. Tampoco no se tuvieron en cuenta las respectivas medidas de sobrecarga, reconoció Luis Ernesto García, empresario y organizador de dos de los palcos que colapsaron el pasado domingo durante las corralejas.

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