Según la Secretaría de Movilidad de Bogotá, la medida del pico y placa para vehículos particulares rige desde las 6:00 a.m. hasta las 9:00 p.m. de lunes a viernes, de acuerdo con el último número de la placa. Para la semana del 4 al 10 de septiembre, regirá de la siguiente manera:
- El lunes 4 de septiembre, no podrán circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- El martes 5 de septiembre, la restricción aplicará para las placas que terminan en 6, 7, 8, 9 y 0.
- El miércoles 6 de septiembre, para las placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
- El jueves 7 de septiembre, para los vehículos cuya placa termina en 6, 7, 8, 9 y 0.
- El viernes 8 de septiembre, la restricción aplicará para los vehículos con la placa que termina en 1, 2, 3, 4 y 5.
El distrito también recuerda que los propietarios de vehículos que pagaron el pico y placa solidario podrán circular sin restricción alguna por las calles de Bogotá, de acuerdo a los días o meses que solicitaron esta excepción.
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Mientras que la medida de restricción de circulación para taxis para la primera semana de septiembre será la siguiente:
- Lunes 4: La restricción aplica para placas terminadas en 9-0.
- Martes 5: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2.
- Miércoles 6: La restricción aplica para placas terminadas en 3-4.
- Jueves 7: La restricción aplica para placas terminadas en 5-6.
- Viernes 8: La restricción aplica para placas terminadas en 7-8.
- Sábado 9: La restricción aplica para placas terminadas en 9-0.
Además, cabe recordar que la multa para los conductores que incumplan la medida es de $580.000 pesos, que equivalen a 15 salarios mínimos legales vigentes del actual año.