La Corte Constitucional tumbó dos artículos decretados por el Gobierno Nacional, con los cuales se le daba facultad al Ministerio de Salud y al Invima para la prevención, diagnóstico y tratamiento del covid-19.
Se trata de los artículos 1 y 2 del Decreto 476 del 25 de marzo del 2020, con los cuales durante la emergencia sanitaria, se pudiera facilitar y modificar la normatividad para adquirir elementos médicos.
Con una votación de cinco magistrados a favor y cuatro en contra, se tomó esta decisión ya que para la Corte, estos artículos no están apegados a lo que dictamina la Constitución Política de 1991, por lo que esta declaración tiene efectos diferidos por los próximos tres meses.
Mientras que para la Alta Corte el artículo 3 de este mismo decreto es constitucional, obteniendo una votación de ocho magistrados contra uno, los magistrados que salvaron parcialmente su voto durante estas decisiones fueron: Carlos Bernal Pulido, Luis Guillermo Guerrero, Antonio José Lizarazo, José Fernando Reyes y Alberto Rojas.