Nueva derrota para John Poulos en su proceso por el feminicidio de Trespalacios
El abogado del estadounidense había interpuesto un recurso de apelación contra las pruebas que se habían admitido para el juicio por la muerte de la DJ, pero el Tribunal de Bogotá descartó sus argumentos.
El Tribunal Superior de Bogotá descartó, de nuevo, un conjunto de pruebas que el abogado de John Nelson Poulos intentó incluir en su proceso por el feminicidio de la DJ Valentina Trespalacios.
Con un fallo de veinte páginas, la Sala Penal del Tribunal de Bogotá descartó, como lo había hecho el Juzgado Décimo de Conocimiento del Circuito el 18 de septiembre, un informe de psicofarmacología forense que la defensa de Poulos quería introducir en el proceso.
El abogado del presunto feminicida buscaba demostrar que Poulos y Valentina consumían estupefacientes constantemente, incluyendo el momento de la muerte de la mujer, y que el estadounidense no había construido el “entorno de celos” que la Fiscalía argumentó para imputar el delito de feminicidio agravado.
Además, en la opinión de ese perito, Alfredo Campbell Silva, podría argumentar cuál fue la relación del consumo de sustancias psicoactivas con el delito de ocultamiento de material probatorio, que la Fiscalía le imputó a Poulos junto al de feminicidio agravado.
Ya en primera instancia el juez décimo de conocimiento había desechado la posibilidad de incluir como prueba al testimonio del experto en psicología forense, pues el abogado, Jhon Freddy Espíndola Soto, no explicó cuál sería la alteración física o psicológica que Poulos hubiese podido tener por el consumo de sustancias.
Espíndola tampoco indicó si se perjudicaba la capacidad de comprensión de Poulos o si con el informe psicoforense podría construir una hipótesis diferente a la de la Fiscalía.
El Tribunal hoy confirmó esos argumentos y añadió otros. De acuerdo con el fallo, leído por el magistrado Juan Carlos Garrido, "se advierte la impertinencia” de la opinión del perito, porque la Fiscalía habló de un entorno de celos, del que declararán dos testigos, que el psicólogo no conocía.
“Toda vez que, en lo que de él se depreca, se trata de una apreciación a posteriori”, es decir, después del delito, cuando ya el entorno de celos se transformó en un feminicidio. El perito, entonces, haría una valoración del cadáver de Valentina Trespalacios y de Poulos, pero no sería concluyente para determinar la responsabilidad de John Nelson.
El Tribunal hizo un recuento de la acusación de la Fiscalía, que subrayó que en la relación de Poulos y la DJ él revisaba sus redes sociales, le reclamó por su forma de ser y sus amistades y contrató un investigador para que la vigilara. “Él la apoyaba económicamente y, con ello, pretendía dominarla, al punto de limitarle su vida social y laboral”, se reseña en el fallo.
Luego, en ese entorno de celos, Poulos, según la acusación de la Fiscalía, golpeó a Valentina y le causó la muerte por asfixia. Dobló su cuerpo, lo introdujo en una maleta que luego dejó abandonada, y lanzó su teléfono a una zona verde cerca al aeropuerto El Dorado. Finalmente, voló hasta Panamá. Todo ocurrió entre la noche del 21 de enero y la mañana del 22 de enero de este año.
“De la lectura se infiere sin esfuerzo que, de los hechos narrados en la acusación, en el lapso de su ocurrencia, no tuvo ningún conocimiento el doctor Campbell Silva, pues éste apenas examinó al acusado en agosto de este año, para evaluar su personalidad desde el punto de vista psicológico”, dice la decisión del Tribunal.
Además, no se necesita dictamen psicoforense cuando el juzgado de primera instancia sí ordenó incluir pruebas, como las declaraciones de María Silvana Núñez, pedidas por la Fiscalía, y las de Carlos Tabares, solicitadas por el abogado de Poulos. Esos testigos sí tuvieron cercanía con la entonces pareja.
“De manera que redundar en dicho aspecto convierte esa aspiración probatoria en una manifiestamente inútil y superflua”, concluye la Sala Penal, que añade que no es claro cuál es el punto de incluir en el proceso el consumo de sustancias si no se ha intentado argumentar inimputabilidad.
Para probar la ingesta de estupefacientes, la defensa también quiso incluir fotografías y videos que había recolectado. No obstante, el Tribunal advirtió que de ese posible material no se podría concluir nada concreto respecto a la responsabilidad de Poulos como procesado por feminicidio. El Juzgado en primera instancia dijo que ese material gráfico no guarda relación con los hechos jurídicamente relevantes, y el Tribunal lo sostuvo.
“Se echa de menos la indicación de para qué fechas y en qué contextos se recopilaron imágenes en las que, aparentemente, se observa a Valentina Trespalacios Hidalgo y a John Nelson Poulos consumiendo estupefacientes”, dijo la Sala Penal.
Eso significa que no es viable incorporar esas posibles pruebas, por el hecho de que, “según el dicho del defensor, la ingesta de esas sustancias era común en sus encuentros”, pero “tal aspecto no corresponde con hechos jurídicamente relevantes y no se observa en qué forma puede contribuir a la construcción de una teoría defensiva”.
Por último, el abogado Espíndola Soto intentó reiterar que la captura de Poulos no fue legal, pues fue trasladado de Panamá a Bogotá en un avión de la Policía, aunque la Fiscalía inicialmente indicó que fue en uno comercial. Además, en el vuelo se obtuvo un elemento material probatorio que, según la defensa, tampoco sería legal.
Al respecto, el Tribunal tumbó esa argumentación señalando que corresponde a un debate que ya se surtió en las audiencias preliminares que se desarrollaron entre el 26 de enero y el 2 de febrero de este año. En esas diligencias ya se había declarado que la detención fue legal, se le imputaron a Poulos los delitos de feminicidio agravado y ocultamiento de pruebas y se le impuso una medida de aseguramiento.
El Tribunal Superior apuntó que la captura, ilegal o no, no corresponde a los hechos jurídicamente relevantes referenciados por la Fiscalía en la acusación, por lo que tampoco son objeto de debate en el juicio al que Poulos tendrá que enfrentarse.
Además, aun si la captura fuese ilegal, eso “no viciaría la estructura del proceso, mucho menos el acopio de pruebas sobre responsabilidad”. Por ello, se observa “sin esfuerzo” que la aspiración de la defensa “es la de reabrir un debate ya clausurado con la evaluación propia de la audiencia de control de legalidad de la captura”.