La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia avaló la solicitud de extradición que realizó Estados Unidos sobre Luis Eduardo Carvajal Pérez, alias ‘Rambo’, exjefe de la columna Daniel Aldana de las extintas Farc, requerido por los delitos de narcotráfico y obstrucción a la justicia, presuntamente cometidos después de la firma del acuerdo de paz.
Lo anterior, luego de que el pasado 17 de junio, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) lo rechazó tras considerar que después de su desmovilización, seguía traficando drogas y mantenía nexos con cárteles mexicanos, por lo que la JEP envió el caso a la Corte Suprema.
La Corte constató que en el año 2018 el hombre fue señalado de hacer parte de una organización que sacaba toneladas de cocaína cada mes a través de las costas de Nariño. Consideró que, “las conductas por las cuales es solicitado no son de carácter político, lo cual impide que se configure prohibición constitucional”.
Sin embargo, la Sala le hizo un condicionamiento especial a la extradición y aseguró que su entrega a Estados Unidos, solo se puede dar hasta el momento que la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP verifique e informe al Gobierno sobre dos escenarios puntuales.
El primero, que Carvajal terminó en Colombia el cuestionario que le preparó esa Sala en el macrocaso 02 en el que está actualmente ofreciendo verdad y reparación para las víctimas; y el segundo escenario es que dejó de cumplir con sus compromisos requeridos a partir de su sometimiento a esa jurisdicción.
Para que se cumpla alguna de estas dos condiciones, la Corte le dio a la JEP un plazo de 6 meses y exhortó a la Sala de Reconocimiento para que adelante el trámite atinente al precitado cuestionario al procesado. También aclaró que si se vence el plazo de 6 meses y la JEP no ha acreditado alguno de los dos escenarios, el Gobierno queda en libertad para proceder con la extradición.
Así mismo, la Corte resaltó que para tomar esta decisión, ponderó los derechos de las víctimas y las obligaciones internacionales adquiridas por Colombia para investigar y juzgar los comportamientos de ‘Rambo’, en relación a la violación del Derecho Internacional Humanitario y determinó que debe prevalecer los derechos de las víctimas frente a la extradición.
La Sala estableció que con el fin de garantizar y hacer efectivos los propósitos del Acuerdo Final de Paz, al momento de decidir sobre la extradición de un individuo que ha suscrito compromisos con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición, es necesario que se evalúe qué incidencia tiene el procedimiento de cooperación internacional frente a la garantía de los derechos de las víctimas.
“El aval de la extradición, entonces, deberá armonizarse con la protección de los derechos a la verdad, justicia, reparación y no repetición que asisten a las víctimas del conflicto armado interno”, determinó la Corte.
Alias ‘Rambo’ actualmente se encuentra privado de la libertad en cárcel La Picota de Bogotá y se espera entonces para proceder a su extradición.