El Consejo de Estado condenó a la Nación, en representación del Ministerio de Defensa, por la ocupación que hizo la Armada Nacional de un predio de una de las víctimas de desplazamiento forzado, tras la masacre de El Salado ocurrida entre el 16 y el 21 de febrero del 2000 por 450 paramilitares, que dieron muerte a 60 personas en estado de total indefensión.
El alto tribunal ordenó que el Ministerio de Defensa indemnice con 100 salarios mínimos legales a una madre e hija que después de huir a Cartagena por la masacre de El Salado perdieron un predio que tenían en ese corregimiento.
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Según las víctimas, en el 2002 la población inició el proceso de retorno. Sin embargo, ellas no pudieron acceder a su predio debido a que estaba siendo utilizado como una base de la Armada Nacional.
A su turno, la Fuerza Pública señaló que el corregimiento estaba vacío, tras la masacre, por lo que no ocupó ningún lugar de manera ilegal, sino que llegó a defender y proteger el territorio.
Sin embargo, para el Consejo de Estado, ya que la Armada Nacional si ocupó el inmueble sin los trámites administrativos y además desconoció el derecho de los desplazados a no ser privados de su propiedad y la obligación de las autoridades de establecer las condiciones y proporcionar los medios que permitan el regreso voluntario, seguro y digno de los desplazados a su hogar, tendrá que indemnizar a las víctimas.