La Corte Constitucional ordenó que en dos meses se implemente un Plan Provisional de Acción que garantice la protección de la niñez wayuu en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, en el departamento de La Guajira.
Una vez más el alto tribunal ordenó al Gobierno que se protejan los derechos a la alimentación, la salud y al agua potable de la niñez wayuu, contando con el Plan Provisional de Acción que deberá garantizar el acceso, disponibilidad y calidad de estos derechos.
El Gobierno “deberá determinar los lineamientos, el cronograma y los mecanismos de verificación para la construcción de dicho Plan y tendrá que determinar cuáles serán las fuentes de financiamiento” y la situación de cada niño, niña y adolescente de esta región del país.
“Se debe garantizar la existencia de un diálogo genuino con las autoridades legítimas del pueblo wayuu; las medidas concretas que se implementarán con ocasión de este Plan no podrán ir en detrimento de los programas que actualmente se están implementando y las medidas concretas a implementar no se pueden proyectar inicialmente por un tiempo mayor a un año”, precisó la corporación.
Aunque la Corte reconoce que se han tomado medidas para proteger a los menores de edad, a la fecha también evidenciaron que “persisten serias dificultades en la implementación de la política pública que llevan a catalogarla como insuficiente e inefectiva al incumplir los tiempos establecidos en la sentencia y no mostrar avances sustanciales en torno a las condiciones de acceso, disponibilidad y calidad en relación con los derechos protegidos”.
“La Corte dispuso que la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación acompañen de manera activa la construcción e implementación del Plan Provisional de Acción y exhortó a la Contraloría General de la República para que, en el marco de sus competencias, audite los procesos de contratación que se adelanten. Además, se informará de esta decisión a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, concluyó la Corte Constitucional.
Así las cosas, el proyecto deberá ser conocido por la Corte para su aprobación y posterior puesta en marcha.