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MinMinas autorizó hasta tres días de trabajo en casa para mujeres menstruantes

Para acceder a este beneficio, se establece que las personas interesadas deberán presentar una certificación expedida por su EPS o entidad de salud correspondiente.
Ministerio de Minas: habilita trabajo en casa para mujeres y personas menstruantes
Foto de: Pixabay
Radio Nacional de Colombia

El Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40095 del 19 de marzo de 2025, por medio de la cual se habilita el trabajo en casa para mujeres y personas menstruantes en determinadas circunstancias.

De acuerdo con el documento, se permitirá hasta tres días continuos de trabajo en casa al mes a quienes, debido a síntomas relacionados con su ciclo menstrual, requieran desarrollar sus labores de manera virtual. 

Esta medida aplicará únicamente para quienes estén vinculados al Ministerio y cuenten con el soporte de una certificación médica.

En el texto de la resolución se indica que "la habilitación del trabajo en casa para quienes presenten sintomatología que afecte su bienestar, debidamente certificada por el médico tratante de la EPS, constituye un mecanismo idóneo para promover la equidad y el bienestar en el entorno de trabajo".


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Habilita el trabajo en casa

Certificación médica y procedimiento

Para acceder a este beneficio, se establece que las personas interesadas deberán presentar una certificación expedida por su EPS o entidad de salud correspondiente. 

Según el documento, "este certificado deberá ser actualizado cada 6 meses de persistir la condición médica".

Además, el trámite debe realizarse mediante un memorando a través del aplicativo ARGO a la Subdirección de Talento Humano, debidamente soportado, y cualquier cambio en la situación de salud deberá informarse por escrito a la misma dependencia.


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Hasta tres días de trabajo

Contexto legal y enfoque de derechos

En el marco de la resolución, el Ministerio señala que la medida se fundamenta en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y en la Estrategia Intersectorial para la Promoción de la Salud y Cuidado Menstrual 2023-2031, que busca garantizar el bienestar de las personas menstruantes.

Asimismo, se menciona la Sentencia T-398 de 2019 de la Corte Constitucional, que reconoce la gestión de la higiene menstrual como un derecho fundamental y resalta que la falta de acceso adecuado a condiciones laborales puede generar barreras y limitaciones para quienes atraviesan este proceso biológico.

El documento también cita la Circular Externa 1000022025 del Departamento Administrativo de la Función Pública, la cual insta a las entidades estatales a implementar acciones que "promuevan la protección de los derechos menstruales de la mujer y personas menstruantes que experimenten sintomatología ajena al proceso fisiológico natural", garantizando el desarrollo de las actividades laborales de manera virtual durante tres días al mes. 

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