Pico y Placa para vehículos particulares
Esta semana los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 tendrán restricción los días pares y los carros con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0 los días impares.
La medida de pico y placa en Bogotá regirá entre las 6 a. m., hasta las 9 p. m., y para la semana entre el 2 y el 8 de septiembre, operará de la siguiente manera:
Lunes 2: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
Martes 3: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
Miércoles 4: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
Jueves 5: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
Viernes 6: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
Sábado 7 y Domingo 8 de septiembre NO aplica Pico y Placa en la ciudad para vehículos particulares.
Pico y Placa para taxis
En el caso de los taxis, entre el 2 de septiembre y el 8 de septiembre, la medida funcionará a partir de las 5:30 a. m., hasta las 9 p. m., y aplicará de la siguiente manera:
Lunes 2: La restricción aplica para placas terminadas en 3-4
Martes 3: La restricción aplica para placas terminadas en 5-6
Miércoles 4: La restricción aplica para placas terminadas en 7-8
Jueves 5: La restricción aplica para placas terminadas en 9-0
Viernes 6: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2
Sábado 7: La restricción aplica para placas terminadas en 3-4
Domingo 8: No aplica
El incumplimiento de la restricción del Pico y Placa en Bogotá puede resultar en multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), lo que equivale a 650.000. Además de la multa económica, los infractores también podrían exponerse a otras sanciones.