Custodias y cuotas alimentarias.
Custodias y cuotas alimentarias.
"Solo quien tiene hijos entiende que el deber de un padre no acaba jamás; que el amor de padre y madre no se cansa de entregar" es lo que dice Rubén Blades en su canción Amor y Control. Esta frase es un recordatorio a los progenitores de un menor de que sus derechos se convirtieron en deberes frente a la protección por la que deben velar toda la vida por sus hijos.
Sin embargo, esto se olvida a menudo, especialmente en tiempos de separación y divorcios, cuando durante la determinación de la custodia y cuotas alimentarias se pretende proteger el interés particular de uno de los dos padres frente a la verdadera necesidad del menor.
Por lo anterior y a propósito del Día de la niñez que se conmemora el 29 de abril en Colombia, el abogado civil John Batanero, especialista en Asesoría Administrativa y director jurídico de CBT Asesores, explicó los fundamentos de la normativa colombiana acerca de la protección de los menores y la garantía de sus derechos, por encima de los derechos de cualquier otro individuo.
"Los niños son sujetos de protección especial por encima de cualquier otro. En los procesos de fijación de custodias o cuotas alimentarias no se habla de los derechos de los padres, sino del deber de los padres, tales como el de dar alimento, brindar espacios de recreación, etc. El error más frecuente en el proceso de separación es creer que los hijos son un objeto más, que así como se reparten la casa, el carro y los muebles, creen que los niños se negocian de esa manera y están equivocados. Muchos sugieren a sus parejas que "si quiere ver a su hijo deme plata" y eso no funciona así. En el 90% de los casos convierten a los niños en un trofeo de guerra ejerciendo presión frente a los derechos que se tiene con los hijos", explicó.
Batanero, al responder las preguntas de los oyentes, aclaró que la cuota alimentaria y las visitas no son negociables ni conmutables con otros deberes, lo que significa que ambas consideraciones no se pueden reemplazar por una vivienda o por otro tipo de deberes que se exige se cumplan para la protección y bienestar del menor.
"A la hora de fijar una custodia en Colombia se acude al principio de costumbre que refiere que los hijos siempre estarán mejor con su mamá, porque ella es la que tiene más dedicación y cuidado con temas como la correcta educación, alimentación, horarios de juego, etc. Sin embargo, con el paso de los años se ha demostrado que los padres son en muchos casos más capaces que muchas madres. Si durante el proceso de separación no hay un acuerdo sobre quién se queda con los mejores, el ICBF entrará a evaluar las condiciones económicas, psicológicas, emocionales, familiares, entre otros de los padres, para determinar en manos de quién quedarán mejor los menores. Si ninguno de los dos progenitores está en capacidad de brindar esa protección, se revisa en la familia extendida esta posibilidad, ya sea entre los tíos, tías, abuelos y abuelas. De no hallarse un responsable idóneo para la custodia, el o los menores quedarán bajo la custodia del ICBF".
En la sección "Héroes sin Capa, William Lozano, investigador de la Universidad Piloto de Colombia, habló acerca una investigación que lideró en los últimos meses y que evidencia que el consumo de los vapeadores y cigarrillos eléctricos tiene efectos perjudiciales a la salud humana y que los líquidos empleados para estos productos muestran altos niveles de toxicidad aguda que también tienen el potencial de afectar los ecosistemas y los cuerpos hídricos a los que, eventualmente, lleguen este tipo de sustancias de manera directa o indirecta, por ejemplo, como residuos de envases, cápsulas y otros materiales en contacto con ellos.
Escúchelos de lunes a viernes a partir de las 2 de la tarde.
Emisión 24 de abril del 2023.