La incidencia que tienen los medios de comunicación en la imagen y la reputación de las personas y las instituciones es un hecho incontrovertible. Pero en tiempos digitales las posibilidades de expansión de las noticias son realmente impresionantes. Además de la información que se emite por los medios convencionales, por ejemplo, en los noticieros de la Radio Nacional- casi de inmediato aparece en los propios sitios web, es replicada por otros medios y toma los laberintos incontenibles de las redes sociales.
Y de esa manera lo que tiene unas reglas más o menos claras -el proceso de construcción de la información- termina convertido exactamente en un hecho viral, que como su nombre lo indica, tiene la capacidad de contagiar todo lo que toca.
De esa manera lo que se dice a veces de paso, termina por convertirse en una verdad de a puño que lesiona los derechos de las personas, pero también de las audiencias.
La radio pública debe extremar su cuidado cuando se refiere a las personas o a las instituciones, lo que de ningún modo significa rebajar su capacidad de análisis y representación de los acontecimientos, sino precisamente garantizar su calidad. “Lo público es lo visto y oído por todos. Es lo que recibe la mayor publicidad posible”, escribió Hannah Arendt hace años. Y la información de la radio pública se refiere a lo que pertenece al interés común y su carácter es definido fundamentalmente como un servicio público.
Hace unas semanas el alcalde de Quinchía (Risaralda), Absalón Trejos, presentó una tutela por una noticia emitida en la Radio Nacional desde Manizales, titulada “Fiscalía captura a alcaldes que estarían involucrados en caso de corrupción”, referida al proceso que lleva adelante la fiscalía general de nación contra el senador Mario Castaño por corrupción.
El alcalde Trejos tutelaba su derecho a la honra y el buen nombre, señalando que se había producido una información falsa, puesto que la noticia lo mencionaba explícitamente cuando nunca había sido capturado y según sus propias palabras “ni siquiera citado por ningún órgano de investigación respecto al móvil aludido”. Pero además afirmó que trató de comunicarse con la entidad para que se llevara a cabo la rectificación y no fue posible, pues no funcionaban los canales de atención.
En el caso están presentes varios temas fundamentales: la verdad de lo que se afirma, los derechos al buen nombre y la honra del ciudadano mencionado en la nota periodística, la circulación pública de la información, la exposición sufrida injustamente, su asociación con un hecho delictivo que atrajo la atención de la ciudadanía y su propio carácter de servidor público, es decir de alguien que tiene en la confianza de sus conciudadanos uno de sus valores más preciados.
Pero por otra parte, está el funcionamiento periodístico que generó la información. ¿Qué fue lo que sucedió y que aprendizajes deja tanto el suceso como el reclamo del ciudadano?
En primer lugar, se presentó un problema en el manejo de fuentes. La exagerada confianza en la opinión de otros periodistas y la ausencia de verificación estricta ocasionó el error.
En segundo lugar, no fue contrastada la información, ni con la entidad de investigación -la Fiscalía- ni con el ciudadano imputado.
En tercer lugar, los canales de contacto de la ciudadanía con la radio deben funcionar adecuada y eficientemente. Según su testimonio no pudo proceder a la petición de rectificación, con lo que se agravó aún más la situación.
Pero en estos casos no sólo pierden el ciudadano, la radio pública y los propios periodistas, sino también y de manera muy importante, los ciudadanos y ciudadanas que esperan del medio público, un cuidado especial de la calidad de la información.