La Corte Constitucional hizo un llamado de atención a la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas -Uariv- por sus reiteradas negativas en el reconocimiento a las víctimas del conflicto armado, con lo que afirma que está violando los derechos fundamentales de las mismas.
“Es necesario hacer un fuerte llamado de atención a la Uariv respecto de su conducta, la cual podría catalogarse como vulneratoria de los derechos fundamentales de las víctimas”, indicó la Corte.
Para el alto tribunal, al negarse tal reconocimiento argumentando que no se cumplen los requisitos de ley, se vulneran los derechos de las víctimas, que ya al tener tal condición es “una de las primeras formas de reconocimiento de la trasgresión de sus derechos, y una de las principales herramientas que requiere este grupo de personas al momento de buscar la reparación”.
El pronunciamiento lo hizo la Corte Constitucional tras conocer tres tutelas de personas que pedían ser incluidas en el Registro Único de Víctimas; sin embargo, se les negaba el reconocimiento porque no se podía concluir que esas personas fueran víctimas del conflicto armado interno, pese a que declararon haber perdido a familiares a manos de grupos armados al margen de la ley.
“La inclusión en el RUV es la vía idónea y eficaz para garantizar sus derechos como víctimas del conflicto armado interno, de lo contrario, se les estarían violando una multiplicidad de derechos fundamentales como a la verdad, justicia, reparación, mínimo vital, unidad familiar, alimentación, salud, vivienda, entre otros”, explicó la Corte Constitucional.
Además, frente a estos casos, la alta corte cuestionó que la Uariv no hubiera realizado la investigación en cada caso, prefiriendo “trasladar la carga de la prueba a los peticionarios y para desconocer hechos probados sin un mínimo de análisis”.
“Existían pruebas indiciarias que permitían poner en evidencia el nexo causal entre los hechos victimizantes declarados y el marco del conflicto armado interno del país”, concluyó la Corte.
Por lo que le dio un plazo de 10 días a la Uariv para que incluya en el Registro Único de Víctimas a las personas que dejó de reconocer y quienes no solo fueron víctimas del homicidio de sus familiares, sino del secuestro, acceso carnal violento, desplazamiento y desaparición forzada, entre otros.