La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia rechazó las denuncias presentadas contra los congresistas Gustavo Petro y Gustavo Bolívar por supuestamente promover hechos vandálicos durante las protestas que iniciaron el pasado 28 de abril.
En la denuncia se leía que los congresistas y algunos integrantes del Comité Nacional de Paro del 28 de abril supuestamente habían desencadenado “actos de vandalismo, violencia, disturbios, (…) atentados contra la vida e integridad personal de miembros de la Fuerza Pública”.
Además, los denunciantes afirmaron que tanto los senadores como los manifestantes habían violado las medidas de aislamiento por el Covid-19 pese a estar en el tercer pico de la pandemia.
Sin embargo, para la Corte Suprema las razones de las denuncias “eran tan abstractas” y sin seriedad, que no podían constituirse como hechos para iniciar un proceso penal por los presuntos delitos de concierto para delinquir, abuso de autoridad, terrorismo y extorsión.
“Tampoco hay un planteamiento claro sobre el cuál se puedan predicar posibles conexiones de causalidad o de imputación entre los aforados denunciados y las vulneraciones de diverso tipo a las que se hacen referencia”, precisó la Corte.
Agregó que “solamente se circunscriben a destacar sus posiciones de liderazgo y notoriedad para, a partir de allí. Predicar una promoción de la manifestación pública y un supuesto control de los resultados de dichas manifestaciones”.